Las personas con perros de asistencia podrán acceder con ellos a espacios de uso público

Las personas con perros de asistencia podrán acceder con ellos a espacios de uso público
Una persona con un perro de asistenciaEuropa Press
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Las personas que necesitan perros de asistencia podrán acceder con ellos a espacios públicos y lugares privados de uso público en cualquier lugar de España e independientemente de la comunidad autónoma en la que estén.

Así lo ha aprobado el Consejo de Ministros a través de un real decreto que establece que podrán acceder a centros educativos, culturales, deportivos o sanitarios, excepto en quirófanos y otras áreas en las que deban garantizarse unas condiciones higiénicas especiales.

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De igual modo, podrán acceder a establecimientos comerciales al por menor, supermercados, mercados o comercios de alimentación, así como alojamientos turísticos, establecimientos de hostelería y restauración, museos y teatros.

Los perros de asistencia también podrán acceder a playas y piscinas

El real decreto aprobado, además, permitirá a las personas con perros de asistencia el acceso a playas, a áreas recreativas, a recintos de piscinas y a parques acuáticos, siempre que el animal no acceda al agua.

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La normativa complementa así la legislación que dispone cada comunidad autónoma en torno a este tipo de animales y, a nivel estatal, sustituye una norma de 1983 actualmente en vigor.

Elaborado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, el texto regula la actividad y el bienestar de los perros de asistencia que dan servicio a personas con discapacidad, personas con trastorno del espectro autista, personas con patologías que lleven consigo crisis recurrentes con desconexión sensorial y también a mujeres de víctimas de violencia de género y sexual.

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Especialmente, reconoce a nivel estatal la relación entre la persona con discapacidad y su perro de asistencia como una unidad en todo el territorio nacional.

Además, regula que la formación que estos animales deben recibir para el desempeño de sus funciones sea ofrecida por personas acreditadas o reconocidas de forma oficial en la educación, la socialización y el adiestramiento de perros de asistencia, bien pertenezcan a entidades o sean profesionales autónomos especializados.

Por otra parte, el texto aprobado incluye medidas específicas para mejorar el bienestar de los perros de asistencia y establece obligaciones de cuidado y respeto para las personas usuarias y para las entidades o profesionales encargados de su adiestramiento. Si bien esta norma también fija que estos perros podrán dejar de prestar servicio cuando cumplan diez años, pero les mantiene su derecho a seguir accediendo a los espacios de uso público una vez pasado su tiempo en activo.

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