Asesinatos

Alfonso Basterra sale de prisión: qué dice la ley, en qué consiste el permiso penitenciario y las claves del caso

Alfonso Basterra sale de prisión por un permiso penitenciario. Informativos Telecinco
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Alfonso Basterra Camporro, condenado por el asesinato de su hija adoptiva Asunta, ha salido de prisión tras obtener un permiso penitenciario ordinario de cuatro días. Se trata del primero que consigue desde que entró en prisión. El marco legal español contempla este tipo de salidas temporales cuando se cumplen algunos requisitos de tiempo, clasificación penitenciaria y conducta.

Es decir, Basterra no tiene una excarcelación ni un tercer grado o libertad condicional. El padre de Asunta cumple una pena de 18 años por un asesinato por el que fue condenada también su exmujer, Rosario Porto. La condena fue ratificada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia y después por el Tribunal Supremo.

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¿Qué establece la ley sobre los permisos ordinarios?

Cuando un recluso obtiene un permiso ordinario de salida lo que tiene es una autorización temporal para abandonar la cárcel durante unos días y después regresar a la cárcel. La Ley General Penitenciaria establece que esos permisos pueden concederse como preparación para la vida en libertad a los condenados de segundo o tercer grado que hayan cumplido al menos la cuarta parte de la condena, no observen mala conducta y tengan alguien en el exterior que lo acoja y se haga responsable de él. Se pueden conceder hasta siete días.

El Reglamento Penitenciario añade que debe existir un informe preceptivo del Equipo Técnico, además de la autorización correspondiente. Por eso, Basterra podrá pasar cuatro días fuera y después regresar a prisión para seguir cumpliendo su condena. La ley contempla estos permisos como preparación para la vida en libertad. Pero en los casos de alto impacto social, como este, hay un choque entre la lógica jurídica y la reacción emocional.

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Por eso, si el interno está clasificado en segundo grado y el permiso supera los dos días, tiene que intervenir el juez de vigilancia penitenciaria en la autorización. Esto último es lo que ha trascendido: un permiso ordinario de cuatro días autorizado judicialmente.

Pero este permiso no equivale al tercer grado, ya que se trata de un régimen distinto, más abierto y relacionado con un modelo de semilibertad. El permiso ordinario tan solo es una salida puntual y limitada que se realiza dentro del cumplimiento de la pena. Ahora, tras ser concedido, puede usarlo cuando quiera a partir de este lunes.

Basterra ya pidió el permiso penitenciario en 2024 pero se lo rechazaron

El artículo 161 del Reglamento Penitenciario establece que, si la Junta de Tratamiento acuerda conceder el permiso, elevará el acuerdo al juez de vigilancia o al Centro Directivo según el grado del interno. Basterra ha obtenido este permiso ahora por dos razones: el tiempo y la valoración penitenciaria. El Reglamento Penitenciario señala que el informe del Equipo Técnico será desfavorable cuando resulte probable el quebrantamiento de la condena, la comisión de nuevos delitos o una repercusión negativa de la salida. Así, se necesita una evolución favorable penitenciaria para conseguirlo.

El padre de Asunta ya pidió en 2024 optar al permiso penitenciario pero se lo rechazaron por la falta de requisitos, por la ausencia de admisión de culpabilidad o de arrepentimiento y por el impacto social del crimen. En esta ocasión, se le ha concedido después de que se realizase un informe favorable de la junta y la posterior luz verde del juez de vigilancia penitenciaria. 

El padre de Asunta se enfrenta a 18 de cárcel por el asesinato de su hija

Alfonso Basterra Camporro es periodista y exmarido de Rosario Porto. Ambos están asociados con uno de los crímenes más impactantes de España: el asesinato de su hija adoptiva Asunta Basterra Porto. El cuerpo de la niña de 12 años apareció el 22 de septiembre de 2013 en una pista forestal de Teo, en las cercanías de Santiago de Compostela.

Basterra y Porto fueron detenidos, juzgados y condenados por el asesinato de la niña. Aunque el crimen ocurrió en 2013, la condena de la Audiencia Provincial no llegó hasta noviembre de 2015. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia la confirmó en marzo de 2016 y el Tribunal Supremo terminó ratificándola en octubre de 2016.

Un plan preconcebido, según la resolución judicial

Ambos fueron condenados a 18 años de prisión. Pero Rosario Porto, abogada de profesión, fue encontrada muerta en su celda de la prisión de Brieva, en Ávila, el 18 de noviembre de 2020. Basterra quedó como la única persona condenada que sigue cumpliendo en prisión por el asesinato de la niña.

La resolución judicial sostuvo que Rosario Porto fue quien asfixió a la menor pero lo hizo ejecutando un plan preconcebido con Alfonso Basterra. Y por eso los dos tuvieron la misma pena, ya que la responsabilidad de ambos quedaba acreditada. Aunque otro de los detalles perturbadores de este caso es que la niña fue sedada con lorazepam antes de acabar con su vida. Esto determinó que se estaba ante un escenario preparado y no una situación improvisada.