La Sanidad andaluza tendrá que pagar 283.600 euros por negligencia médica: mandó a casa con paracetamol a un paciente que murió con neumonía bilateral por covid
El paciente con neumonía bilateral fue enviado a casa con prescripción de tomar paracetamol cada ocho horas durante 13 días
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El Servicio Andaluz de Salud (SAS) tendrá que pagar una indemnización de más de 283.600 euros por negligencia médica. Un paciente de 55 años, falleció después de ser tratado en el Hospital de La Merced de Osuna, donde le prescribieron paracetamol cuando en realidad tenía una neumonía bilateral por covid.
La sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo 11 de Sevilla ha estimado el recurso contra el SAS que pidió la desestimación de la reclamación de indemnización por responsabilidad patrimonial por la negligencia médica interpuesta contra el servicio sanitario, en marzo de 2022.
El juzgado ha acordado una indemnización para los familiares del fallecido que asciende a 283.612 euros, más los intereses legales y costas, en una sentencia que ya ha sido recurrida por el SAS que pide la reducción de la cuantía.
Los hechos ocurrieron el 23 de marzo de 2021, cuando un hombre de 55 años, sano y sin antecedentes clínicos de interés, acudió al Hospital de La Merced de Osuna (Sevilla), con un cuadro de fiebre y le diagnosticaron covid-19 tras una PCR, según ha informado 'El Defensor del Paciente'.
El paciente, de 55 años, fue mandado a casa con paracetamol, a pesar de que tenía una neumonía bilateral
Los médicos le indicaron una radiografía de pulmón que dio un resultado dudoso, pese a lo cual no se le hizo un TAC. Por el contrario, fue enviado a casa, con un diagnóstico de infección respiratoria e indicaciones de tomar paracetamol cada 8 horas durante 13 días.
El paciente volvió a acudir al centro médico varios días después, ya con una neumonía bilateral y fue trasladado al Hospital de Valme (Sevilla), donde finalmente falleció el 5 de abril de 2021, al no poder superar la enfermedad.
La sentencia da íntegramente la razón al planteamiento llevado a cabo por la defensa del paciente: se encontraba en la fase inicial de una enfermedad leve-moderada de su padecimiento y lo oportuno hubiera sido realizarle la correspondiente analítica y TAC o control radiológico, algo que pudo ser decisivo en el error del diagnóstico.
La sentencia también reprocha que ni siquiera se le hiciera al paciente la prueba de saturación de oxígeno, a su llegada a los servicios de Urgencias. La presidenta de la asociación 'El Defensor del Paciente', Carmen Flores, ha subrayado en las "carencias" de la calidad asistencial del área hospitalaria pública en el entorno de Écija y Osuna. Para argumentar, citó que "hace apenas un par de semanas, nuestros letrados igualmente conseguían que se condenase al SAS por tenerle que amputar una pierna a un sevillano al que se le atendió inadecuadamente en estos hospitales".