Primera denuncia penal contra el Servicio Andaluz de Salud por la muerte de una mujer de 82 años tras el fallo en el cribado del cáncer de mama
El abogado José Antonio Sires considera a la Junta de Andalucía responsable de un posible homicidio por imprudencia
La paciente con la enfermedad falleció en julio y su última revisión había sido en noviembre del 2023
SevillaEn el marco de la crisis de los cribados del cáncer de mama en Andalucía, se va a presentar ya la primera denuncia penal contra el SAS. La va a impulsar la familia de una mujer de 82 años que murió en Sevilla hace unos meses.
Lo ha comunicado el abogado que la representará en un texto al que ha tenido acceso Informativos Telecinco. Recordamos que la Asociación Amama ha pedido investigar tres casos de fallecimientos, mientras que las afectadas creen que el plan de choque "llega tarde".
Según ha precisado el letrado José Antonio Sires, consideran a la Junta responsable de un posible delito de homicidio imprudente. Ya que piensan que la muerte de la anciana se podría haber evitado con una correcta gestión de los cribados de la enfermedad.
El programa de detección precoz, que forma parte de la Estrategia Nacional de Cáncer y del Plan Integral de Oncología de Andalucía, está recogido en una guía del Servicio Andaluz de Salud. Establece los principales objetivos que busca.
Uno de ellos es la realización de mamografías, otro la lectura doble por radiólogos y un tercero la derivación y seguimiento de casos dudosos o positivos. En esta última fase es donde se han cometido errores, desatándose la actual crisis.
En el comunicado del bufete SIRES Abogados recuerdan que hubo un cambio técnico en 2023/2024 en ese programa, por la digitalización del sistema informático. Pero, este hecho no eliminó el deber de seguir los resultados de las pruebas ni el plazo máximo de resolución diagnóstica.
La fallecida tuvo su última revisión en 2023
Sobre la paciente fallecida este julio de 2025, el letrado repasa cronológicamente su caso. Después de detectarle el cáncer de mama, en 2020 le hicieron una mastectomia. El protocolo fija revisiones cada seis meses.
No obstante, la afectada tuvo la última en noviembre del 2023. Deberían haberla llamado de nuevo en abril del 2024, pero no lo hicieron nunca más. En junio de este año ingresó en cuidados paliativos y murió el mes siguiente.
De cara a exigir responsabilidades, el protocolo se considera como una norma de obligado cumplimiento, recuerda el abogado. Apunta a la actuación ineficaz e insuficiente por parte del Servicio Andaluz de Salud, que fue negligente y a consecuencia de ello, se produjo la muerte.
Además, José Antonio Sires reitera que el derecho a estar informado no es meramente ético o deontológico, sino de carácter legal y constitucional. Así se define en la Ley básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
En el caso del cribado de cáncer de mama, el art. 13 es crucial: el SAS tiene obligación de informar de los resultados, comunicar la necesidad de repetir pruebas y documentar esa información en la historia clínica.
Posible homicidio imprudente
Considera que lo sucedido con la paciente de Sevilla puede encajar como homicidio imprudente por omisión del Art. 142 del Código Penal, dado que la muerte deriva de la omisión de un deber y existe causalidad entre la omisión y la muerte.
También hace referencia a un delito de omisión del deber de prestar servicios sanitarios del Art. 196 del CP y otro delito de dejación de funciones del servicio público (Art. 409 del CP) por no supervisar y organizar correctamente el servicio sanitario.
El martes 14 de octubre, el abogado sevillano presentará la denuncia ante el Juzgado de Instrucción por este caso.