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La comunidad autónoma en la que los dueños de mascotas podrán deducirse hasta 100 euros en la Renta 2026: requisitos

Un hombre con un perro. Pixabay
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Tener una mascota en casa implica una responsabilidad emocional, pero también económica. Vacunaciones periódicas, revisiones veterinarias, tratamientos puntuales o intervenciones imprevistas forman parte del día a día de miles de hogares.

Hasta ahora, todo ese desembolso no tenía ningún tipo de alivio fiscal, pese a tratarse de un gasto recurrente y necesario.

Esta situación cambiará a partir de la próxima campaña del IRPF. La Junta de Andalucía ha confirmado la puesta en marcha de una nueva deducción autonómica dirigida a los dueños de animales de compañía, que permitirá minorar la factura fiscal en la Renta 2026 y aliviar parcialmente el esfuerzo económico que supone el cuidado de una mascota.

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Una deducción pionera en el tramo autonómico

La medida se enmarca dentro del paquete de rebajas fiscales aprobado por el Gobierno andaluz y permitirá deducir hasta 100 euros por contribuyente y año en concepto de gastos veterinarios.

En concreto, la deducción alcanzará el 30% de los importes abonados por servicios sanitarios relacionados con animales de compañía, con independencia del número de mascotas que convivan en el hogar.

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El incentivo se aplicará exclusivamente sobre el tramo autonómico del IRPF y solo podrán beneficiarse los contribuyentes con residencia fiscal en Andalucía.

El objetivo es reconocer un gasto habitual de las familias que hasta ahora no encontraba reflejo en el sistema tributario, pese a su impacto directo en la economía doméstica.

Qué gastos podrán acogerse a la deducción

La normativa permite incluir dentro de la deducción los gastos más comunes vinculados al cuidado veterinario. Consultas clínicas, vacunaciones obligatorias, tratamientos médicos o intervenciones necesarias entran dentro del ámbito de aplicación, siempre que estén debidamente acreditados mediante factura.

Para que el gasto sea válido, el animal debe estar correctamente identificado mediante microchip y constar en el Registro Andaluz de Identificación Animal.

Además, la factura deberá figurar a nombre del titular de la declaración, lo que refuerza el control y evita un uso indebido del beneficio fiscal.

Diferencias según el origen de la mascota

La regulación introduce un matiz relevante en función de si el animal ha sido adquirido mediante compra o procede de una adopción. En el caso de mascotas compradas, la deducción solo podrá aplicarse durante el primer año desde la adquisición, lo que limita su alcance temporal.

Sin embargo, cuando se trate de animales adoptados a través de protectoras o centros de acogida, el beneficio fiscal se amplía hasta tres ejercicios consecutivos.

Con ello, la Junta de Andalucía busca incentivar la adopción responsable y reforzar las políticas de bienestar animal desde el ámbito tributario.

Los perros guía, de asistencia o animales con funciones terapéuticas cuentan con un tratamiento diferenciado.

En estos supuestos, la deducción no tendrá límite temporal, siempre que el animal continúe desempeñando su función y mantenga la correspondiente inscripción registral.

Límites de renta y requisitos formales

Como ocurre con otras deducciones autonómicas, la medida no será universal. Existen límites de renta destinados a concentrar el incentivo en las rentas medias y evitar que se convierta en una ventaja fiscal indiscriminada. Estos umbrales se concretarán en la normativa de desarrollo y serán determinantes para poder aplicar la deducción.

La documentación será un elemento clave. Las facturas originales serán imprescindibles para justificar los gastos ante la Agencia Tributaria.

Sin ese respaldo documental, no será posible aplicar la deducción, incluso aunque el desembolso se haya producido realmente durante el ejercicio fiscal.

Qué ocurre en otras comunidades autónomas

Andalucía no es la única región que ha avanzado en esta línea, aunque el número de comunidades con deducciones similares sigue siendo reducido.

  • Comunidad Valenciana. Permite deducir gastos veterinarios de animales de compañía, como perros, gatos y hurones, dentro de unos límites de renta y con un importe máximo anual establecido.
  • Islas Baleares. También contempla una deducción autonómica por estos gastos, siempre que el animal esté identificado y los pagos se encuentren debidamente justificados.
  • La Rioja. Las deducciones se vinculan al bienestar animal y pueden incluir gastos veterinarios, especialmente cuando se trata de animales adoptados o registrados.
  • Región de Murcia. Ha anunciado una deducción del 30 % de los gastos veterinarios, con un máximo de 100 euros, que se aprobará junto a sus presupuestos autonómicos.

El avance de estas medidas refleja un cambio progresivo en la forma en que las administraciones entienden la relación entre familias y animales de compañía.

A medida que más comunidades incorporan este tipo de incentivos, el debate sobre la inclusión de los gastos veterinarios en el sistema fiscal gana peso.