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Prisión para una vecina de Sevilla por sacar 550 euros de la cuenta de una amiga que olvidó el bolso en su casa

Se quedó con la cartilla y sacó el dinero de un cajero. telecinco.es
  • La víctima se dejó el bolso en casa de la acusada después de tomar café y ésta le quitó 40 euros y la cartilla, con la que sacó 550 euros más

  • La mujer ha sido condenada por un delito de estafa a un año de cárcel y a una multa de 360 euros por un delito de hurto

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Eran vecinas y, ante todo, amigas. O, al menos, mantenían la confianza suficiente como para tomar café juntas en casa. Pero esa confianza se rompió, terminaron yendo a juicio y una de ellas condenada a prisión por robarle a su vecina 590 euros.

La perjudicada se había dejado su bolso en el domicilio de su vecina, en Sevilla, donde se habían tomado un café. Pero en lugar de devolvérselo, la otra mujer optó por aprovechar la situación para quitarle la cartilla del banco y 40 euros que tenía dentro de la libreta, en dos billetes de 20.

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Pero no se conformó con ello sino que además acudió a una oficina de Bancazón (Sevilla) y le sustrajo dinero de la cuenta bancaria: 550 euros. Todo quedó recogido en las cámaras de seguridad de la sucursal. Los hechos se remontan a noviembre de 2023, fecha en la que la acusada realizó el reintegro, poco después del despite de la víctima.

Tras una sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal 1 que declaró los hechos como probados, la acusada recurrió ante la Audiencia Provincial de Sevilla. La sala de apelación ha confirmado el fallo de la primera instancia asegurando que el tipo penal se aplicó correctamente y que no existían dudas sobre la autoría del delito.

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Fue a un cajero a sacar el dinero

Para los magistrados hubo "engaño bastante" al considerar que "la disposición a través de una cartilla bancaria" para sacar dinero en favor de la acusada con el conskiguiente perjucio para la denunicante, supone un engaño , y que basta con utilizar esa cartilla para llevar a cabo la operación. La sentencia señala que la acusada utilizó una tarjeta ajena y que lo relevante es que la defraudación se cometiera por un medio específico que sustituye el engaño a una persona determinada, como la manipulación informática o un artificio similar.

De esta manera, el conjunto de elementos circunstanciales analizados lleva a los jueces a concluir que la acusada fue la autora de la sustracción "aprovechando tanto los medios, como la oportunidad que le brindaba el hecho de que su vecina hubiera acudido a su domicilio, y hubiera olvidado su bolso".

Otra circunstancia que recoge el fallo es que "resulta llamativo que la extracción del dinero, tuviera lugar precisamente en el momento en que la denunciante no tuvo a su disposición la cartilla, y justo después de que la misma hubiera acudido al domicilio de su vecina a tomar café". Por tanto, los magistrados no tienen dudas sobre la autoría, creyendo la versión de la denunciante.

La acusada argumentó durante el juicio que había ido al banco a pagar un recibo. Sin embargo, el documento que presentó ante el juzgado tenía como fecha el día siguiente de la desaparición de los 550 euros en la cuenta de la víctima. A ello, se suma, además, la grabación de las cámaras de la oficina del banco.

La acusada mantuvo que se dirigió al cajero para pagar un recibo de su hijo con una tarjeta que no tenía dinero, por lo que salió del cajero y fue a una tienda en busca de una amiga suya que tenía la tarjeta de su hijo, y que volvió para hacer el abono.

Un año de prisión

La sentencia recoge que la otra mujer sí manifestó haber acompañado a la acusada a la entidad bancaria, pero negó que tuviera la tarjeta del hijo. "Partiendo de tales datos, y si bien la acusada, en uso de su derecho de defensa, niega los hechos que le vienen atribuidos, se considera que el testimonio de la víctima, sin que se haya detectado en ella ánimo espurio alguno ni enriquecimiento injusto al formular la denuncia, constituye prueba de cargo suficiente para desvirtuar el derecho a la presunción de inocencia que le ampara", explica la Audiencia de Sevilla.

Por ello, la mujer ha sido condenada como autora de un delito de estafa a una pena de un año de cárcel y a una multa de 360 euros por un delito de hurto, además de tener que devolver los 590 euros sustraídos a su vecina.