Requisitos para la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave

Ayuda ciudado hijo enfermo
Ayuda por el cuidado de un hijo afectado por cáncer u otra enfermedad gravePEXELS
Compartir

La prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave es una ayuda económica destinada a los padres, tutores o familiares que necesiten reducir su jornada laboral o dejar de trabajar temporalmente para cuidar a un menor que padece una enfermedad grave.

Esta prestación busca aliviar la carga económica que supone la reducción de ingresos durante el tiempo que dure el cuidado. 

Esta prestación no se limita únicamente al cáncer, sino que también cubre otras enfermedades graves que requieran hospitalización o tratamiento continuado. Entre estas se incluyen patologías crónicas, enfermedades raras o cualquier otra condición que implique un alto grado de dependencia o necesidad de cuidados especiales. 

PUEDE INTERESARTE

Requisitos para acceder a la prestación 

Requisitos del menor 

El menor debe ser hijo o estar bajo la tutela o acogimiento del solicitante. Además, debe tener menos de 18 años y padecer una enfermedad grave que requiera hospitalización o tratamiento continuado. Es necesario presentar un informe médico que acredite la gravedad de la enfermedad y la necesidad de cuidados específicos. 

Requisitos del solicitante 

El solicitante debe estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social. Además, debe justificar que necesita reducir su jornada laboral o dejar de trabajar para cuidar al menor.

PUEDE INTERESARTE

En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, es necesario haber cotizado un mínimo de 180 días en los últimos 7 años. Para los autónomos, se requiere estar al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social.

Cuantía y duración de la prestación 

Importe de la prestación 

La cuantía de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave equivale al 100% de la base reguladora correspondiente. Para los trabajadores por cuenta ajena, esta se calcula en función de la base de cotización del mes anterior a la fecha de inicio de la prestación. Para los autónomos, se toma como referencia la base mínima de cotización.

PUEDE INTERESARTE

Duración de la prestación 

La duración de la prestación varía en función de la gravedad de la enfermedad y las necesidades del menor. En general, se concede por un período máximo de un año, aunque puede prorrogarse si se mantienen las circunstancias que justificaron su concesión.

En casos excepcionales, como enfermedades oncológicas, la prestación puede extenderse hasta que el menor cumpla los 18 años.

Cómo solicitar la prestación 

Documentación necesaria 

Para solicitar la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, es necesario presentar la siguiente documentación: 

  • Informe médico que acredite la enfermedad y la necesidad de cuidados. 
  • Documentación que acredite la relación de parentesco o tutela con el menor. 
  • Certificado de empadronamiento del menor. 
  • Documentación laboral del solicitante (contrato, nóminas, etc.). 
  • Declaración de la empresa sobre la reducción de jornada o la situación laboral del solicitante. 

Proceso de solicitud 

El proceso de solicitud se realiza a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social. Una vez presentada la solicitud, la Seguridad Social tiene un plazo de 30 días para resolver y notificar la decisión. En caso de que la solicitud sea aprobada, la prestación se abonará mensualmente. 

Otras cosas que debes tener en cuenta 

Compatibilidad con otras prestaciones 

La prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave es compatible con otras prestaciones, como la de maternidad o paternidad. Sin embargo, no es compatible con la prestación por desempleo o con otras ayudas que impliquen una situación de inactividad laboral. 

Revisión y seguimiento 

Es importante tener en cuenta que la Seguridad Social puede solicitar informes médicos periódicos para verificar que se mantienen las condiciones que justificaron la concesión de la prestación.  

Además, en caso de que el menor supere la enfermedad o ya no requiera cuidados especiales, la prestación cesará automáticamente. 

Suscríbete a las newsletters de Informativos Telecinco y te contamos las noticias en tu mail. 

Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y conoce toda la actualidad al momento.