Declaración de la Renta

Confirmado por Hacienda: la fecha en la estará disponible el borrador para la declaración de la renta 2025-2026

Aplicación web de la Agencia Tributaria con datos fiscales de un contribuyente
Una foto de la aplicación web de la Agencia Tributaria con los datos fiscales de un contribuyente. Europa Press
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El calendario para la campaña de la declaración de la renta 2025-2026 avanza sin pausa hasta que el día 8 de abril, día en el que la Agencia Tributaria habilitará la web para la presentación telemática de los primeros formularios. Hasta ese día, una serie de hitos ya están a disposición de los contribuyentes como pueden ser la obtención del número de referencia, la visualización y descarga de los datos fiscales, así como la obtención de información sobre el proceso. El último paso será el acceso al borrador de la declaración que elabora por nosotros la Agencia Tributaria y que pondrá a nuestra disposición desde el mismo día 8 de abril.

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En la Campaña de la Renta de 2025 estarán obligados a presentar declaración los contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o de 15.876 euros de dos o más pagadores.

También estarán obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que, en cualquier momento del período impositivo, hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

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También estarán obligados a presentar declaración por este impuesto las personas titulares del ingreso mínimo vital y las personas integrantes de la unidad de convivencia.

Cómo obtener el borrador de la renta 2025-2026

Con todos estos datos, hay que tener en cuenta que para acceder al borrador y descargarlo hay que hacerlo a través de la página web de la Agencia Tributaria, accediendo con certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve. Una vez disponible, el contribuyente debe verificar que la información coincide con su documentación personal y fiscal.

Los expertos fiscalistas de la web Finect recuerdan que el borrador incluye información personal, familiar, laboral y económica recopilada por Hacienda a partir de empresas, bancos, aseguradoras y otros organismos. Sin embargo, esta información no siempre está actualizada o completa. Cambios en el estado civil, nuevas cargas familiares, variaciones en los ingresos o modificaciones en la normativa fiscal pueden no reflejarse automáticamente.

Entre los datos que deben revisarse con especial atención destacan:

  • Datos personales: nombre, apellidos y número de identificación.
  • Situación familiar: estado civil, hijos o ascendientes a cargo.
  • Ingresos: salarios, rendimientos del capital, alquileres u otras fuentes.
  • Retenciones: comprobación de que coinciden con las nóminas o certificados.
  • Deducciones aplicadas: desde alquiler hasta maternidad o donaciones.

Errores más habituales detectados en los borradores

Los fallos más comunes suelen repetirse cada año y es por eso que es importantes detenerse a comprobarlos. Entre ellos destacan los datos personales incorrectos, la ausencia de ingresos que deberían declararse, deducciones no aplicadas o retenciones mal registradas. También son frecuentes las incoherencias en la situación familiar, especialmente cuando ha habido cambios recientes. Detectar estos errores antes de presentar la declaración evita requerimientos posteriores y posibles sanciones.

Las deducciones fiscales tanto a nivel nacional como autonómicas pueden suponer un ahorro significativo, por lo que conviene comprobar que están correctamente aplicadas. Entre las más relevantes figuran:

  • Deducción por alquiler de vivienda habitual.
  • Deducción por maternidad para hijos menores de tres años.
  • Deducciones por donaciones a ONG.
  • Deducción por inversión o mejoras en vivienda habitual.
  • Deducciones por familia numerosa.

Aunque el sistema de la Agencia Tributaria es generalmente preciso, no está exento de errores. La fiabilidad depende de la información que Hacienda tenga disponible, por lo que la revisión personal sigue siendo imprescindible.