Ingreso Mínimo Vital

Tener dinero ahorrado y cobrar el IMV: el límite patrimonial que no se puede sobrepasar para recibir la prestación

Una persona con dinero en efectivo. Europa Press
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¿Puedes tener 10.000, 15.000 o incluso 20.000 euros ahorrados en el banco y seguir cobrando el Ingreso Mínimo Vital (IMV)? La respuesta es sí, aunque claro, depende de tu situación económica y familiar.

La Seguridad Social no prohíbe disponer de ahorros, pero establece unos límites patrimoniales que pueden determinar si tienes derecho a recibir esta prestación.

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En 2026, una persona que vive sola debe tener un patrimonio neto inferior a 26.409,60 euros, sin contar su vivienda habitual.

Sin embargo, esta cifra aumenta según los integrantes de la unidad de convivencia y no debe confundirse con el saldo máximo permitido en una cuenta bancaria.

Cuánto dinero puedes tener en el banco si cobras el IMV en 2026

La normativa del Ingreso Mínimo Vital establece diferentes umbrales patrimoniales para determinar si una persona o familia cumple el requisito de vulnerabilidad económica.

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Los límites generales de patrimonio neto este año son:

  • Un adulto solo: 26.409,60 euros.
  • Dos adultos: 36.973,44 euros.
  • Un adulto y un menor: 36.973,44 euros.
  • Dos adultos y un menor: 47.537,28 euros.
  • Dos adultos y dos menores: 58.101,12 euros.
  • Dos adultos y tres o más menores: 68.664,96 euros.

Eso sí, hay un aspecto importante a tener en cuenta, y es que el patrimonio debe ser inferior a estas cantidades. Alcanzar exactamente el límite correspondiente ya supone incumplir este requisito.

Por ejemplo, una persona sola con 20.000 euros ahorrados podría seguir cobrando el IMV si cumple las demás condiciones y no dispone de otros bienes que eleven su patrimonio computable hasta los 26.409,60 euros.

La Seguridad Social no solo revisa tus cuentas bancarias

Uno de los errores más habituales es pensar que únicamente se tiene en cuenta el dinero depositado en el banco.

Para calcular el patrimonio, la Administración también considera otros activos, como fondos de inversión, acciones, determinados seguros, planes de pensiones y propiedades inmobiliarias distintas de la vivienda habitual.

La residencia habitual queda excluida del cálculo, aunque sea propiedad del beneficiario.

Además, la normativa contempla las deudas asociadas a determinados activos para calcular el patrimonio neto.

Por tanto, una persona puede tener 15.000 euros en su cuenta corriente y superar el límite si dispone de otros bienes computables de suficiente valor.

La valoración de cuentas bancarias, depósitos e inversiones se realiza utilizando los datos del 31 de diciembre incluidos en las últimas declaraciones tributarias informativas disponibles.

Existe otro límite patrimonial que también debes conocer

Además del patrimonio neto, la Seguridad Social aplica un segundo control sobre los denominados activos no societarios.

En 2026, este límite asciende a 52.819,20 euros para una persona sola, mientras que para dos adultos se sitúa en 73.946,88 euros.

En una unidad familiar formada por dos adultos y dos menores alcanza los 116.202,24 euros.

Este segundo umbral funciona de manera independiente: superarlo puede impedir acceder al IMV aunque el patrimonio neto se encuentre por debajo del límite general.

No significa, por tanto, que una persona sola pueda conservar libremente 52.819,20 euros en el banco y seguir percibiendo la prestación.

Los ingresos también pueden hacerte perder la ayuda

El patrimonio no es el único requisito económico. Actualmente, la renta garantizada para una persona sola asciende a 733,60 euros mensuales, equivalentes a 8.803,20 euros anuales.

Para dos adultos, la referencia alcanza los 953,68 euros mensuales, mientras que para dos adultos con un menor aumenta hasta los 1.173,76 euros.

La cuantía del IMV se calcula, con carácter general, como la diferencia entre los ingresos computables y la renta garantizada correspondiente, siempre que el resultado sea de al menos 10 euros mensuales.

Así, tener ahorros inferiores al límite no garantiza automáticamente el cobro de la prestación si los ingresos superan los umbrales establecidos.

Qué ocurre si aumentan tus ahorros mientras cobras el IMV

Los beneficiarios, como es lógico, deben comunicar a la Seguridad Social las modificaciones que puedan afectar a sus requisitos económicos. Recibir una herencia, adquirir un inmueble o experimentar cambios patrimoniales relevantes puede motivar una revisión.

La Administración contrasta los datos tributarios y económicos y puede modificar o extinguir la prestación cuando corresponda. Si se detectan cobros indebidos, también puede exigir su devolución.

Por tanto, sí, ahorrar mientras se cobra el IMV es legal, pero resulta fundamental conocer los límites aplicables, controlar el patrimonio computable y comunicar los cambios que puedan afectar al derecho a recibir la ayuda.