Cómo funciona la garantía de dos o tres años en electrodomésticos y tecnología
Si compras un electrodoméstico o un dispositivo tecnológico en tienda, el marco general es de tres años
Qué es la diverflación y a quién afecta más
La garantía “de toda la vida” ya no es una cifra única. En España, el gran cambio llegó con las compras realizadas a partir del 1 de enero de 2022, fecha a partir de la cual se amplió el plazo de garantía legal de las compras de 2 a 3 años para los productos adquiridos desde dicha fecha. Se trata de un matiz que importa: hablamos de compras hechas por una persona consumidora a un empresario, ya que no aplican a los casos en que la compraventa se ha realizado entre particulares.
Dicho de forma simple, si compras un electrodoméstico o un dispositivo tecnológico en tienda (física u online) y el vendedor es una empresa, el marco general es de tres años. Si es una compraventa entre particulares, no se aplican las mismas normas.
Qué cubre la garantía legal y qué puedes exigir
La garantía legal está pensada para la falta de conformidad (defecto o problema). La normativa dicta que el empresario responderá ante el consumidor de cualquier falta de conformidad (defecto o problema) que exista en el momento de la entrega. Desde ahí, el consumidor “podrá exigir” soluciones muy concretas, como la reparación, la reducción del precio o la resolución del contrato.
La regla práctica que evita discusiones desde el minuto uno es esta: “El consumidor tiene derecho a elegir entre la reparación y la sustitución, salvo que una de estas opciones suponga costes desproporcionados para el empresario”. Y, sobre todo, que nadie te cobre por “tramitar la garantía”, dado que este tipo de acciones de reparación o sustitución dentro del periodo de garantía no podrán comportar ningún gasto para el consumidor, y deberá realizarse en un plazo razonable.
Si la reparación o sustitución no resuelve el problema (o se eterniza), puedes exigir una reducción proporcional del precio o la resolución del contrato si, por ejemplo, el empresario no haya llevado a cabo la reparación o sustitución en un plazo razonable o una vez reparado el producto, vuelva a estropearse.
Por qué a veces se habla de “dos años”
Aquí está la confusión típica en tecnología: la ley distingue entre bienes “clásicos” y lo digital. De esta manera, para bienes con elementos digitales, hardware, software y contenidos digitales, se ha definido un plazo de garantía de dos años. También los servicios y contenidos digitales tienen una garantía legal de 2 años desde la fecha de suministro”.
Además, el Centro Europeo del Consumidor en España añade un matiz muy de “electrodoméstico inteligente”: en productos tangibles que incorporan o están interconectados con un contenido o servicio digital por lo general, el plazo de la garantía es de 2 años.
En segunda mano, lo que manda es el contrato, con un suelo mínimo: comprador y vendedor pueden pactar un periodo de garantía menor de tres años… pero en ningún caso podrá ser inferior a un año.
La prueba del defecto, los repuestos y el “tiempo para reclamar”
Otra pieza clave es la carga de la prueba. En productos nuevos, durante los dos primeros años posteriores a la compra los defectos se entenderán que ya existían y el empresario debe responder o demostrar lo contrario. En segunda mano o “suministros digitales”, esa presunción opera durante el primer año.
Y si lo que te preocupa es la reparabilidad en bienes duraderos, la ley establece el derecho a repuestos durante diez años desde que el producto dejó de fabricarse; si el bien se fabricó antes del 1 de enero de 2022, el plazo era cinco años.
Por último, el CEC-España señala que la normativa amplía de tres a cinco años el plazo de prescripción para ejercer los derechos cuando no estás conforme. Y recuerda una idea práctica: si una marca ofrece una garantía comercial más favorable, “las garantías comerciales que se incluyan en la publicidad asociada prevalecerán” si benefician más al consumidor.