El Tribunal Superior de Justicia de Asturias avala el despido de un trabajador que estando de baja médica realizó rutas de montaña en bici

El trabajador se encontraba de baja médica por un accidente laboral que le afectó un hombro.. Redacción Uppers
  • Los tribunales consideran que el ciclismo de montaña es una práctica que puede interferir en la curación por la que estaba de baja médica

  • El TSJA ha avalado el cese disciplinario argumentando que el trabajador transgredió "la buena fe contractual"

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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha avalado el despido disciplinario de un trabajador que mientras se encontraba de baja médica por un accidente laboral que le afectaba un hombro, realizaba rutas de bici de montaña. El hombre, que impugnó el fallo de un juzgado de Oviedo, reclamaba que su cese fuera considerado nulo.

El ya extrabajador de una empresa de climatización de Oviedo que fue despedido después de que la empresa se enterase que, mientras se encontraba de baja médica hacia ciclismo de montaña; las rutas que realizaba las publicaba en internet, según se lee en la sentencia, que respalda la decisión empresarial y de la que se ha hecho eco 'La Voz de Asturias'.

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El trabajador, que era representante sindical, había sufrió un accidente de trabajo en noviembre de 2024 cuando realizaba su trabajo habitual durante la instalación de una caldera. Fue diagnosticado por la Mutua de sufrir un esguince de hombro con subluxación y le dio una baja por incapacidad temporal, prevista para unos 20 días.

A los dos días el trabajador comenzó a realizar salidas en bicicleta y entre el 6 y el 23 de noviembre realizó unas siete rutas de entre 35 y 75 kilómetros, con una duración de más de tres horas. El propio empleado colgaba todos sus excursiones en su perfil público de una red social muy utilizada por aficionados y deportistas para compartir entrenamientos y recorridos.

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El 26 de noviembre el trabajador, después de realizar una de sus rutas en bici, comenzó a notar palpitaciones y presión en el pecho por lo que acudió a un hospital en Oviedo , donde permaneció ingresado durante tres días, según la sentencia. Finalmente, tras las pruebas realizadas, los médicos le dieron el alta y diagnosticaron un infarto tipo 2 sin lesiones coronarias significativas.

Después de recibir el alta hospitalaria, el trabajador volvió a subirse a la bicicleta los días 30 de noviembre y 1 de diciembre con salidas de más de dos horas, que también publicó en la red social. El 4 de diciembre, tras recibir el alta médica por el hombro, la empresa, enterada de sus rutas ciclistas abrió un expediente disciplinario y lo despidió de forma procedente al considerar que no existían "dolencias" que le impidieran trabajar. Además consideró que el ingreso hospitalario por una posible enfermedad cardíaca tuvo lugar después de una de las rutas más exigentes.

Los tribunales consideran que el ciclismo de montaña es una práctica que puede interferir en la curación por la que estaba de baja médica

El trabajador rechazó haber simulado una lesión o haber perjudicado su recuperación alegando que no ocultó su actividad deportiva, además de que la mutua no le prohibió expresamente montar en bicicleta y de que su evolución clínica fue favorable. También argumentó que el despido estaba relacionado con su condición de representante de los trabajadores. El juzgado de Oviedo y después el Tribunal Superior de Justicia, sin embargo, han rechazado sus argumentos.

La Sala de lo Social ha recordado que si bien no toda actividad durante una baja médica es sancionable, sí lo es aquella que interfiere en la curación o demuestra aptitud para trabajar, como han considerado los magistrados en este caso sobre el ciclismo de montaña. "La realización de actividades que sin constituir trabajo resulten contraindicadas por interferir la curación del sujeto (…) suponen una transgresión de la buena fe contractual", según la sentencia.