Caso Koldo

Los notarios aclaran que los contratos privados como el de Santos Cerdán con Servinabar buscan "la ocultación"

Archivo - El ex secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, en el Palacio de Congresos y Auditorio Kursaal, a 16 de febrero de 2025, en San Sebastián, Guipúzcoa, País Vasco (España).
El ex secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, implicado en el caso Koldo García. Unanue - Europa Press - Archivo
Compartir

MadridEl Consejo General del Notariado ha aclarado que las operaciones para transmitir participaciones sociales a través de documento privado surten efectos entre los firmantes y ha avisado de que suelen buscar la ocultación del verdadero propietario, al hilo del contrato privado del exdirigente socialista Santos Cerdán para adquirir el 45% de Servinabar, empresa vinculada a la presunta trama de amaños de obra pública a cambio de comisiones que se investiga en el 'caso Koldo'.

"La transmisión de participaciones sociales en documento privado solo tiene una finalidad: favorecer la evasión fiscal, el blanqueo de capitales y la ocultación del auténtico propietario tras un testaferro", señalan en una nota.

PUEDE INTERESARTE

Una nota que emiten después de que esta semana la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil haya entregado al juez del Tribunal Supremo el contrato privado de compraventa en el que consta que el ex secretario de Organización del PSOE adquiriría por 6.000 euros unas 1.350 participaciones de Servinabar 2000.

Los agentes encontraron el contrato al registrar el domicilio del empresario investigado Joseba Antxón Alonso, administrador único de la empresa. El documento, fechado en junio de 2016, revela que Santos Cerdán era dueño del 45% de Servinabar, que, según la UCO, se hizo con adjudicaciones del Gobierno navarro por más de 75 millones de euros.

PUEDE INTERESARTE

Es necesaria la inscripción pública de la transmisión

El Notariado señala en su nota que la transmisión de participaciones sociales "ha de ser formalizada necesariamente en escritura pública notarial".

"Si no se formaliza en escritura pública, independientemente de que se inscriba o no en cualquier registro público, esa transmisión carece de efectos en el tráfico jurídico frente a terceros, incluyendo entre esos terceros a la propia sociedad mercantil, cuyas participaciones se están pretendiendo transmitir y al resto de socios ajenos al documento suscrito", precisan.

Según explican, eso significa que el que ha comprado participaciones en documento privado "no adquiere la condición de socio, ni tampoco los derechos derivados de tal condición". "Todo lo anterior, no obstante, a que ese documento privado pueda producir, entre las partes que lo han firmado, otro tipo de efectos civiles. Pero hacia afuera, hacia el tráfico y hacia la sociedad mercantil, no surte los efectos", apostillan.

La organización subraya que el uso del documento privado "solo pretende eludir el control jurídico público en la trasmisión de participaciones atribuido al notario, puesto que quien utiliza el documento privado conoce plenamente que, si tal negocio jurídico se hiciera ante notario, este procedería a volcar su contenido en el Índice Único Informatizado".

Al respecto, indican que ese índice existe desde el año 2004 y a él tienen acceso jueces, fiscales, Policía Judicial (UCO y UDEF), SEPBLAC y administraciones tributarias, "de modo que se conocería en menos de quince días quién ha transmitido y quien ha adquirido participaciones".

Qué dice Santos Cerdán sobre el contrato con Servinabar

No seguir el procedimiento formal correspondiente es una fórmula para "ocultar realidades que no quieres que aparezcan ante el fisco ni ante terceros", según explica a EFE el notario Ignacio Gomá.

Dicha actuación puede ser útil para quien por ejemplo tiene una deuda, pero también para un político que no desee que sus propiedades o participaciones en empresas estén a la vista de todos.

Este "submundo jurídico" tiene riesgos porque todo lo que aparece en un documento privado puede discutirse, desde el contenido a la firma, al contrario de lo que pasa cuando se acude a un notario, explica Gomá.

Es lo que ocurre en este caso, en el que la defensa de Santos Cerdán discute el documento hallado por la Unidad Central Operativa (UCO), del que dice que no es una escritura, sino únicamente un contrato privado que no se llegó a elevar a público y que "no tuvo ni ha tenido efecto jurídico alguno".