La defensa de Koldo rechaza que Ineco y Tragsatec se personen como perjudicadas en el caso mascarillas

La defensa de Koldo García sostiene que Ineco y Tragsatec no pueden personarse como perjudicadas porque podrían ser investigadas por los mismos hechos
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El exasesor ministerial Koldo García ha presentado un escrito ante el Tribunal Supremo en el que sostiene que no procede permitir que las empresas públicas Ineco y Tragsatec se personen como perjudicadas en el juicio por las presuntas irregularidades en la compra de mascarillas.
En el recurso, su abogada, Leticia de la Hoz, argumenta que ambas entidades no pueden considerarse perjudicadas, ya que, a su juicio, podrían ser objeto de investigación penal por la falta de controles internos que habrían permitido la supuesta malversación y el presunto tráfico de influencias.
La defensa sostiene que no se puede ejercer la acción penal como acusación o perjudicado cuando la propia entidad podría ser responsable de los hechos investigados.
Respecto al delito de malversación que se imputa a Koldo y al exministro José Luis Ábalos, la letrada señala que los hechos presuponen que alguien dentro de estas sociedades habría actuado en connivencia con los acusados. Además, recuerda que el Código Penal contempla la responsabilidad penal de las personas jurídicas en casos de tráfico de influencias.
El Supremo había ofrecido a Ineco y Tragsatec personarse como perjudicadas, siguiendo el criterio del fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón. Sin embargo, la defensa advierte de que sería incompatible que una entidad actuara como acusadora y, al mismo tiempo, pudiera ser considerada acusada por los mismos hechos.
Selección "estratégica" de imputados
Según la abogada, se da una situación de “selección estratégica de imputados”, al convertir a las empresas públicas en acusadoras y evitar su posible responsabilidad en los hechos investigados.
Para la defensa de Koldo García, el ofrecimiento de acciones a Ineco y Tragsatec es incompatible con la resolución previa del tribunal, en la que la Sala señaló que debía existir “un claro y tajante deslinde entre las partes acusadoras y acusadas”.
La letrada sostiene que la posición procesal de estas sociedades debería ser la de investigadas o encausadas y no la de perjudicadas, ya que, según argumenta, no puede considerarse víctima a una entidad que habría permitido, por un defecto de organización, la distracción de fondos o la influencia ilícita.
En su escrito de acusación, la Fiscalía solicita que José Luis Ábalos y Koldo García indemnicen conjunta y solidariamente a Ineco con 34.477,86 euros y a Tragsatec con 9.500,54 euros por la contratación de mujeres vinculadas al exministro.
Además, el Ministerio Público pide 24 años de prisión para Ábalos, 19 años y medio para Koldo García y 7 años para el empresario Aldama, que ha reconocido la acusación, por presuntos delitos de organización criminal, tráfico de influencias, cohecho, malversación y uso de información privilegiada.
Por su parte, las acusaciones populares reclaman 30 años de cárcel para Ábalos y Koldo, mientras que para el empresario solicitan la misma pena que la Fiscalía.
