Arranca la regularización extraordinaria de migrantes con colas en consulados y oficinas: ya se puede pedir cita 'online' o presencial

Podrán acogerse personas en situación irregular que hayan llegado a España antes del pasado 1 de enero y carezcan de antecedentes penales
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Arranca desde este jueves el plazo para solicitar la regularización extraordinaria de migrantes, que tendrán hasta el próximo 30 de junio como fecha limite para presentar toda la documentación. De ahí que en numerosos consulados de diferentes países abunden las colas de personas que necesitan de certificaciones de penales y otros documentos exigidos para obtener la residencia legal en España. Los interesados ya pueden presentar sus solicitudes en formato ‘online’ o pedir cita previa para hacer el trámite de forma presencial.
En los diferentes consulados de Colombia, Marruecos, Venezuela se han visto largas colas de sus ciudadanos pendientes de realizar los últimos trámites para la obtención de los documentos que tendrán que presentar ante las instituciones españoles con vistas a regularizar su situación en nuestro país.
Los que ya cuenten con toda la documentación requerida podrán solicitar cita, ya sea online o presencial. El plazo para las citas presenciales ya está abierto, pero no será hasta el próximo lunes, 20 de abril, cuando se podrá acudir en persona a cualquiera de los puntos habilitados para el trámite: en diferentes ciudades de España, que darán respuesta a todas las solicitudes de regularización que se presenten "en tiempo y forma" hasta el 30 de junio, cuando termina el plazo, según ha explicado la ministra de Inclusión, Elma Saiz.
1- Oficinas de Extranjería en Madrid, Alicante, Valencia, Almería y Murcia)
2- 60 oficinas de la Seguridad Social
3- 371 oficinas de Correos en capitales de provincias y ciudades de más de 50.00 habitantes.
Para realizar las solicitudes de manera ‘online’ será necesario disponer de certificado electrónico o hacerlo a través de profesionales habilitados o de entidades inscritas en el Registro de Colaboradores de Extranjería.
La plataforma para hacerlo estará disponible en la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Los interesados en acogerse a esta regularización tendrán un plazo de dos meses y medio, hasta el 30 de junio de 2026.
Los requisitos para acogerse a la regularización masiva
A esta regularización podrán acogerse aquellas personas en situación administrativa irregular que hayan llegado a España antes del pasado 1 de enero y hayan estado en el país cinco meses seguidos en el momento de la solicitud, así como los solicitantes de asilo que hicieron su petición antes de la misma fecha, siempre y cuando carezcan de antecedentes penales.
Para demostrar el tiempo que la persona lleva en España se podrá recurrir al padrón municipal pero también a otro tipo de medios como un informe médico, un contrato de luz o alquiler o un certificado de envío de dinero.
La residencia se autorizará durante un año con derecho a trabajar
El permiso concedido a través de esta regularización será de un año y autorizará a la persona a vivir y trabajar en España por ese tiempo en cualquier sector. Además, desde el momento en que la solicitud sea admitida a trámite, se proveerá una autorización de trabajo provisional para que se pueda acceder al empleo desde el primer momento.
Un mes después de tener su resolución favorable definitiva, el beneficiario deberá solicitar su Tarjeta de Identificación de Extranjero. El Gobierno ha aclarado que este permiso no autoriza a establecerse ni trabajar en el resto de la Unión Europea.
En el caso de los menores de edad, el proceso concede una autorización de residencia por cinco años y las solicitudes de miembros de una misma unidad de convivencia se podrán gestionar en una misma cita.
Después de un año, las personas deberán incorporarse a otras figuras ya existentes en el reglamento de extranjería. En algunos casos en los que no se cumplan los requisitos existirán otras vías con otros requisitos como la aportación de un informe de integración emitido por una entidad social.