Declaración de la Renta

Hacienda lanza un aviso a los autónomos de Euskadi: estas son las deducciones por despoblación más desconocidas

El fenómeno de la despoblación no es una preocupación abstracta en Euskadi. Telecinco.es
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El sistema tributario vasco no tiene parangón en España. Mientras el resto del territorio nacional tributa ante la Agencia Tributaria, los contribuyentes de Euskadi, incluidos por supuesto sus autónomos, lo hacen ante tres Haciendas Forales distintas: las de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, cada una con normativa propia. 

Los ciudadanos del País Vasco no presentan la declaración del IRPF ante la Agencia Tributaria española, dado que sus haciendas forales son las que recaudan sus tributos, con un calendario, plazos y reglas diferentes en cada uno de los territorios. Esta arquitectura fiscal, tan singular como eficaz, también alberga un conjunto de ventajas tributarias ligadas a la despoblación rural que, en la práctica, pasan inadvertidas para buena parte de los trabajadores por cuenta propia.

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El fenómeno de la despoblación no es una preocupación abstracta en Euskadi. Álava, el territorio histórico más extenso y menos densamente poblado de los tres, ha adoptado una batería de medidas fiscales concretas para quienes viven o quieren establecer su actividad profesional en zonas amenazadas por el vaciamiento demográfico. La normativa alavesa reconoce de forma expresa una relación de zonas o núcleos considerados en riesgo de despoblación, listados en la Disposición Adicional 34ª de la Norma Foral del IRPF. 

La deducción estrella para nuevos autónomos en zonas vaciadas

La medida que más impacto tiene sobre los trabajadores por cuenta propia es la deducción por inicio de actividad económica en núcleos rurales. Según el artículo 90 bis de la Norma Foral 33/2013 del IRPF de Álava, los contribuyentes que inicien, por primera vez, el ejercicio de una nueva actividad económica que cuente con los medios personales y materiales necesarios para su desarrollo podrán aplicar una deducción de 2.100 euros. En el caso de que la actividad económica se inicie en una de las zonas o núcleos con igual o menos de 500 habitantes, la deducción será igualmente de 2.100 euros. 

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No es la única minoración que aguarda al autónomo que instale su domicilio fiscal en un pequeño núcleo alavés. Los contribuyentes que tengan su vivienda habitual en las zonas o núcleos con población igual o menor a 500 habitantes aplicarán, además de la minoración general de cuota, otra minoración en concepto de residencia en núcleos o zonas en riesgo de despoblación de 200 euros por cada autoliquidación.

Más deducciones ligadas al territorio en Euskadi

El escudo fiscal del que disponen los autónomos alaveses en zonas despobladas no se limita al arranque de la actividad. En las zonas con riesgo de despoblación de Álava, definidas como aquellas con menos de 4.000 habitantes, se aplica una deducción por descendientes y ascendientes del 15%; los inquilinos pueden aplicar una deducción del 35%, con un límite de 2.800 euros, por alquiler de vivienda habitual; y los propietarios disponen de una deducción del 20%, con el límite anual de 2.346 euros, por adquisición de vivienda habitual —porcentaje que se incrementa al 25% para menores de 30 años o con familia numerosa—. 

La preocupación por la despoblación tampoco es ajena a la Hacienda Foral de Bizkaia, que ha actualizado su normativa con la aprobación de la Norma Foral 2/2025. Se establece un porcentaje incrementado de deducción del 35%, con el límite de 2.800 euros, para los contribuyentes cuya vivienda habitual se ubique en zonas o núcleos declarados en riesgo de despoblación.

En materia de rendimientos por arrendamiento, en Álava se aplica una bonificación del 35% si el inmueble está en zonas en riesgo de despoblación. 

El error más frecuente: no solicitarlas

La trampa más común es la del silencio. Estas deducciones no son automáticas. A efectos de poder practicar la deducción por inicio de actividad, el contribuyente deberá optar expresamente por su aplicación al presentar la autoliquidación del ejercicio al que corresponda. Eso significa que quien no las consigne activamente en su declaración las pierde, sin derecho a reclamación retroactiva.

El mapa de zonas en riesgo varía entre territorios, los umbrales de población difieren y los porcentajes no son idénticos en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa. Antes de presentar la declaración, conviene revisar el listado actualizado de núcleos declarados en riesgo en cada hacienda foral y contrastar con un asesor si el domicilio fiscal cumple los requisitos. Los beneficios existen. El problema, casi siempre, es que nadie los reclama.