Condenado a tres años y cuatro meses un padre de A Coruña por maltrato continuado a sus dos hijos menores
La sentencia impone prisión, localización permanente, la retirada de patria potestad durante nueve años y la prohibición de aproximarse a los menores durante 11 años y medio
El Juzgado de lo Penal nº 3 considera probado que los menores sufrieron violencia física y psicológica durante los fines de semana de convivencia con su padre
A CoruñaEl Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha condenado a tres años y cuatro meses de prisión a un padre acusado de maltratar de forma continuada a sus dos hijos menores de edad durante los fines de semana en los que convivían con él. Los hechos, según la sentencia, tuvieron lugar entre 2019 y 2021, cuando los pequeños tenían 9 y 5 años.
Además de la pena de cárcel, el magistrado impone 40 días de localización permanente, la privación de la patria potestad durante nueve años, una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con los menores durante 11 años y medio, junto con una indemnización de 12.000 euros por los daños físicos y psicológicos ocasionados.
Violencia física, psicológica y condiciones insalubres
El juez considera probado que el acusado ejercía sobre los niños una “violencia física y psíquica continua”, con agresiones, insultos y conductas vejatorias. Entre los episodios descritos en la resolución judicial se incluye haber obligado al menor a ingerir su propio vómito y encerrar a su hermana en una habitación a oscuras como castigo.
La sentencia concluye que el domicilio en el que pernoctaban los menores “no tenía las condiciones mínimas de habitabilidad, higiene y seguridad”. El magistrado detalla que el acusado no suministraba el tratamiento médico prescrito a uno de los niños, no les proporcionaba alimentación adecuada ni la higiene básica necesaria. Esa falta de cuidados provocó que llegarán a presentar el cuerpo lleno de picaduras de pulgas e insectos, debido al estado de insalubridad de la vivienda.
El fallo describe un patrón de agresiones reiteradas “ante cualquier comportamiento que no le resultase satisfactorio”. Los golpes se producían con frecuencia en la cara, piernas y glúteos, acompañados de insultos y humillaciones. Según el tribunal, este cúmulo de prácticas se encuadra en un maltrato habitual y sostenido en el tiempo.
Testimonios creíbles y prueba contundente
El juez otorga “plena credibilidad” a las declaraciones de los menores, al considerar que no existen indicios de manipulación o motivación para falsear los hechos. La valoración judicial se apoya en informes psicológicos, que acreditan malestar emocional y síntomas consistentes con experiencias de maltrato prolongado.
La sentencia destaca además el papel de la trabajadora social que intervino en el caso, cuyo informe, junto con fotografías aportadas al procedimiento, evidenciaba la situación del domicilio y las condiciones inadecuadas para la crianza.
El magistrado señala que, pese a que el acusado negó los hechos en su derecho de defensa, “el conjunto de la prueba de cargo los desmiente de manera contundente”. También descarta la aplicación de atenuantes por dilaciones indebidas, al considerar razonables los plazos del proceso.
Por el momento sentencia todavía no es firme. El condenado puede presentar recurso ante la Audiencia Provincial de A Coruña, que deberá revisar la valoración de pruebas y las penas impuestas.