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Es obligatorio tener cuenta en el banco para cobrar el premio de la lotería: esto dice la ley

Celebrando un premio de la lotería
Celebrando un premio de la lotería. Telecinco.es
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Ganar la lotería puede parecer el final de una historia, pero en realidad es el principio de otra distinta, esta más llena de trámites, preguntas y ciertas sorpresas legales. Entre ellas, una duda habitual es si resulta obligatorio tener una cuenta bancaria para poder cobrar un premio. La respuesta no es tan simple como parece y, como en casi todo lo relacionado con Hacienda y la normativa financiera, depende de la cuantía del premio y de cómo se gestione.

La realidad es que, aunque muchos asumen que basta con acudir al estanco o a la administración donde se compró el boleto, lo cierto es que la ley establece procedimientos muy distintos según la cantidad ganada. Además, entran en juego requisitos vinculados a la prevención del blanqueo de capitales, la identificación de los ganadores y las obligaciones fiscales. Si el premio es alto, la cuenta bancaria, entre otros requisitos, se convierten en herramientas casi indispensable. 

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Para premios menores de 2.000 euros

Para premios iguales o inferiores a 2.000 euros, el cobro puede realizarse directamente en cualquiera de los casi 11.000 puntos de venta de la Red Comercial de Loterías y Apuestas del Estado. Para ello no es necesario tener una cuenta bancaria, ni se aplican comisiones o impuesto en el momento de realizar este cobro. 

Además, desde 2021, se ha incorporado la opción de cobrar estos premios de menor cuantía a través de Bizum, facilitando de esta manera aún más el proceso para aquellos que prefieren métodos digitales, aunque en esta ocasión sí que sería necesaria una cuenta en el banco.

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Para premios superiores a 2.000 euros

Si el premio supera los 2.000 euros, el cobro debe realizarse en entidades financieras autorizadas por Loterías y Apuestas del Estado, específicamente BBVA y CaixaBank. Aunque no es obligatorio tener una cuenta en estas entidades para cobrar el premio, es recomendable solicitar cita previa para agilizar el proceso. El pago siempre se realizará a través de transferencia bancaria, sin costes, pero aplicando los impuestos correspondientes, en caso de que haya.

Cuando esta sea la situación, el banco requerirá la presentación del documento de identidad en vigor y la cumplimentación de formularios relacionados con la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPD) y la normativa de prevención del blanqueo de capitales. 

Premios compartidos: importancia de la documentación

Cuando un premio es compartido entre varias personas, todos los participantes deben acudir identificarse al cobrar el premio en la administración, o en el banco si el premio es superior a los 2.000 euros. Si el grupo es numeroso, se puede designar a un representante mediante un poder notarial para realizar las gestiones en nombre de todos. 

Es fundamental documentar adecuadamente la participación de cada individuo para evitar problemas fiscales. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recomienda fotocopiar el décimo y entregar una copia a cada participante, incluyendo nombres, DNI y la cantidad jugada. 

Por otra parte, hay que recordar que los premios de lotería superiores a 40.000 euros están sujetos a una retención fiscal del 20%. Esta retención se aplica automáticamente en el momento del cobro, por lo que el ganador recibe el importe neto. Además, conviene recordar que el plazo para cobrar un premio de lotería es de tres meses a partir del día siguiente al sorteo. Transcurrido este periodo, el derecho al cobro caduca.