Cierran diez pisos turísticos en un edificio madrileño: una familia denunció las insoportables condiciones
La pareja con dos menores contra cuatro empresas, que deberán indemnizar a los afectados con 37.000 euros
El registro del Gobierno para los pisos turísticos: ¿se cumple el nuevo requisito?
MadridHasta 10 pisos turísticos han tenido que cerrar en un edificio del madrileño barrio de la Latina. La justicia ha dado la razón a una familia con dos hijos que denunció las insoportables condiciones en las que se encontraban cada día. La sentencia considera que con ellos se han vulnerado derechos fundamentales.
El Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid ha ordenado poner fin a la actividad de diez pisos turísticos al declarar vulnerado el derecho a la intimidad de una familia con hijos de un edificio de la calle Toledo de la capital que recurrieron a la justicia por el ruido que ocasionaban los moradores.
Así consta en una sentencia en el que el magistrado estima parcialmente la demanda presentada por la pareja con dos menores contra cuatro empresas, que deberán indemnizar a los afectados con 37.000 euros.
El juez acuerda declarar vulnerado el derecho fundamental a la intimidad personal y familiar de los demandantes por "inmisión de ruidos y realización de actividades ilícitas e insalubres relacionadas en la demanda".
Se da por acreditado "el ruido y la suciedad por vómitos a través de los patios, rotura de buzones y elementos de ascensor", suciedad que según la sentencia ha llevado a "la misma comunidad de vecinos a imponer una nueva derrama e incluso un vigilante de seguridad", lo que ocasiona problemas de "convivencia notorios y no simples trastornos" a los demandantes.
La sentencia estima "la acción de cesación de la actividad en los inmuebles concretados, concurriendo los requisitos de gravedad y permanencia en el tiempo, necesarios para el éxito de la acción y siendo incompatible el ejercicio de los derechos de los actores al normal desarrollo de su vida privada y familiar en su domicilio con las condiciones en que se desarrolla la explotación de los inmuebles por las demandadas".
Quejas constantes
Insiste en que "se trata de una situación largamente sostenida" y con la existencia de "intentos para alcanzar una solución sin éxito por parte de los actores como evidencian sus constantes reclamaciones y quejas", limitada "además a aquellos pisos que directamente les afectan en el desarrollo de la vida privada en el domicilio".
"La pasividad de la actitud de las codemandadas debe ser también un elemento esencial para valorar la proporcionalidad de la medida, llegando la misma Comunidad a incrementar el servicio de limpieza o contratar algún vigilante, solo en aquello que le benéfica por su mismo negocio, con el consiguiente incremento de los gastos comunitarios", agrega la resolución.
El juez considera "procedente" la indemnización de daños y perjuicios que se interesa por "el daño moral causado", conforme al informe pericial aportado por los demandantes.