DGT Dirección General Tráfico

Nuevas normas de la DGT para adelantar a ciclistas antes y durante la maniobra: más distancia de seguridad y reducción de la velocidad

Nueva norma para adelantar a ciclistas en la carretera
Un ciclista y un coche por la carretera. Freepik
Compartir

El 1 de octubre de 2026 entrará en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación que introduce nuevos cambios destinados a reforzar la protección de los usuarios vulnerables de la vía. Entre las principales novedades se encuentra una modificación que afecta directamente a los conductores que adelanten a ciclistas en vías interurbanas, ya que deberán reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite establecido en ese tramo de la vía.

Nuevas normas de circulación que entran en vigor el 1 de octubre: patinetes prohibidos a menores de 15 años y casco obligatorio
Nuevas normas de circulación que entran en vigor el 1 de octubre: patinetes prohibidos a menores de 15 años y casco obligatorio
PUEDE INTERESARTE

La nueva obligación se aplicará antes de iniciar la maniobra y durante toda su ejecución, por lo que no bastará con respetar el límite máximo de velocidad de la carretera. Por ejemplo, si una vía tiene establecido un límite de 90 km/h, el vehículo que adelante a una bicicleta no podrá superar los 70 km/h durante la maniobra. La medida forma parte del Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 26 de junio, que modifica diferentes artículos del Reglamento General de Circulación. El propio texto señala que el objetivo de esta reducción es evitar que los usuarios adelantados vean comprometidas su estabilidad y seguridad durante la maniobra.

Las nuevas normas: no basta con reducir la velocidad

La nueva norma no sustituye al resto de obligaciones que ya deben cumplirse al adelantar a una bicicleta. El conductor deberá mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros y, cuando la calzada tenga más de un carril por sentido, tendrá que realizar el cambio completo de carril.

PUEDE INTERESARTE

Además, el adelantamiento no podrá realizarse poniendo en peligro o entorpeciendo a los ciclistas que circulen en sentido contrario, incluso cuando estos circulen por el arcén. Cuando los ciclistas formen un grupo, la normativa establece que se considerarán como una única unidad móvil a efectos de estas reglas. Por tanto, a partir de octubre, la maniobra de adelantar a un ciclista exigirá tener en cuenta tres elementos fundamentales. La distancia lateral, el cambio de carril cuando sea obligatorio y la reducción de velocidad de 20 km/h respecto al límite de la vía.

Cinco metros de distancia en ciudad

La reforma también introduce una nueva medida específica para las vías urbanas. Los conductores de vehículos a motor deberán dejar una separación mínima de cinco metros con los ciclistas que les precedan cuando circulen por el mismo carril. En caso de adelantamiento, también tendrán que extremar las precauciones para no poner en peligro al ciclista.

La norma pretende reforzar la seguridad de las bicicletas en las ciudades, donde el reglamento también incorpora otros cambios relacionados con su circulación. Por ejemplo, en determinadas calles urbanas de un único carril y con un límite de velocidad de 30 km/h o inferior, los ayuntamientos podrán autorizar, mediante señalización, la circulación de bicicletas en ambos sentidos.

La grave multa por no cumplir esta norma

El Reglamento General de Circulación considera infracciones graves las conductas que incumplan las nuevas normas establecidas en los artículos modificados. La Ley de Tráfico fija, con carácter general, una multa de 200 euros para las sanciones graves.

En cuanto a la pérdida de puntos, la Ley sobre Tráfico establece actualmente la retirada de seis puntos por adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o por no respetar la separación mínima de 1,5 metros. Por tanto, incumplir la nueva norma de velocidad al adelantar a una bicicleta podrá conllevar una multa de 200 euros y la retirada de 6 puntos del carné de conducir.

De esta manera, desde el próximo 1 de octubre de 2026, adelantar a una bicicleta fuera de poblado requerirá prestar atención no solo al espacio lateral disponible, sino también a la velocidad a la que se realiza la maniobra. El objetivo de la reforma es que el adelantamiento se complete en unas condiciones que reduzcan el riesgo para uno de los colectivos más vulnerables de la carretera.