El Servicio Canario de Salud, condenado a pagar casi 300.000 euros por la amputación de las piernas de una menor
El Servicio Canario de Salud ha sido condenado a pagar casi 300.000 euros por la amputación de las piernas de una menor
Una paciente del Hospital de la Plana de Vila-real, indemnizada con más de 100.000 euros por una negligencia médica
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha condenado al Servicio Canario de la Salud a pagar una indemnización de 273.157 euros tras no aplicar el tratamiento que necesitaba a una niña de dos años, lo que le provocó que tuviesen que amputarle las dos piernas. En 2024, el recurso de los padres y el pago correspondiente junto con el coste de los daños y prejuicios de las futuras intervenciones fue estimado por el Juzgado.
Los padres de la menor solicitaban más cantidad de dinero, pero fue rechazado. El SCS no estuvo de acuerdo con la condena inicial pero sí proponía como cifra alternativa el pago de 151.233 euros.
La sentencia recuerda que la paciente fue ingresada en marzo de 2022 en urgencias debido a unas complicaciones de una infección y un mes más tarde se procedió a la amputación de ambos miembros a partir de los tobillos por necrosis, tras ser trasladada de urgencia a un hospital de Madrid.
El SCS aceptó pagar
El SCS aceptó pagar después de que el Consejo Consultivo de Canarias confirmara que se incurrió en “una pérdida de oportunidad” o lo que es lo mismo que se pudo haber aplicado en los primeros días un tratamiento con un tipo de antibiótico que es eficaz en un 50% de los casos.
Los dos informes periciales aportados por los padres cifran el éxito en casi un 99% cuando se aplica para tratar el tipo de infección bacteriana que ya aparecían “de forma inequívoca y con seguridad” en la historia clínica.
El texto judicial señala que el Consejo Consultivo consideró que dados los síntomas, y antecedentes la menor debía haber sido sometida a diversas pruebas y se echa en falta que no se le pautara entonces antibióticos, lo que después derivó a un fallo multiorgánico por lo que se “podía haber actuado con mayor precaución”.
Los primeros días no se anotó su seguimiento en la historia
Lamentan que los primeros días no se anotara en la historia diversos aspectos “fundamentales” como la saturación de oxígeno, temperatura o frecuencia cardiaca“. El TSJC añade que “posiblemente, de haberse pautado antibióticos a la menor el tercer y cuarto día la evolución hubiera sido favorable ”sin que tuviera las fatales consecuencias que sufrió“.
El juez que emitió su voto particular incidió en que el origen de lo ocurrido es “la desatención padecida en el Centro de Salud” donde no fue atendida por un pediatra y recuerda que a partir de ahora deberá someterse a cirugías cada 12 o 15 meses para adaptar sus prótesis.
Además de la indemnización el juez cree “inexcusable” que la administración abra un expediente a los empleados implicados “para ventilar si han incurrido en dolo, culpa o negligencia grave y entonces habrán de responder dichos empleados del pago y no las arcas públicas”