Fiscalía defiende que un familiar pueda oponerse a la eutanasia si hay vínculo "intenso"

La Fiscalía defiende que solo familiares con un vínculo afectivo real puedan recurrir una eutanasia y excluye a colectivos provida
Muere Noelia Castillo tras casi dos años de lucha judicial para frenar su eutanasia
La Fiscalía ha defendido ante el Tribunal Supremo el derecho de un familiar a recurrir a la justicia para impedir una eutanasia, siempre que exista un “intenso vínculo afectivo presente” con el paciente, y niega que las entidades provida estén legitimadas para hacerlo.
Según una nota de prensa, el ministerio público se ha pronunciado sobre la legitimidad para oponerse a una petición de eutanasia en un informe presentado ante el alto tribunal, que tiene previsto fijar jurisprudencia sobre la cuestión en un pleno integrado por sus 34 magistrados.
El caso que estudiará el Tribunal Supremo
El caso que debatirá el Supremo es el de Francesc, un hombre de 55 años que solicitó la eutanasia alegando el sufrimiento que le causan las importantes secuelas que arrastra en el movimiento y el habla tras sufrir tres ictus y dos infartos. Su padre logró paralizar la muerte digna a través de un recurso judicial.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) acordó llevar a juicio este caso —paralelo al de Noelia Castillo, la joven tetrapléjica que recibió la eutanasia tras un largo proceso judicial— al concluir que los padres están legitimados a intentar frenar la muerte asistida de un hijo, incluso aunque no mantengan una buena relación.
La Fiscalía limita quién puede recurrir una eutanasia
En su informe, la Fiscalía se remite a resoluciones del Tribunal Constitucional para defender que el reconocimiento del derecho a la eutanasia es “susceptible de control judicial” y puede ser impugnado por quienes tengan un “interés legítimo”.
No obstante, subraya que la legitimación de terceros debe interpretarse de forma restrictiva, limitada a los familiares del entorno más cercano. Además, no basta con una relación biológica: se exige “la existencia de un intenso vínculo afectivo presente al tiempo de ejercitar la acción”.
El ministerio público también rechaza la legitimación en caso de conflicto de intereses y descarta que las entidades provida puedan recurrir estos casos, al considerar que “carecen de interés directo”.
En el caso de Noelia Castillo, que esperó más de 600 días para acceder a la eutanasia por los recursos judiciales, el padre fue representado por equipos jurídicos de la asociación Abogados Cristianos.
El pleno del Tribunal Supremo deberá pronunciarse ahora sobre quién puede litigar en estos procedimientos, en respuesta a un recurso de la Generalitat, que sostiene que la Ley Orgánica Reguladora de la Eutanasia (LORE) no contempla legitimación expresa para terceros.
El alto tribunal considera necesario fijar doctrina, dada la reciente aplicación de la ley y la relevancia de los derechos fundamentales implicados. La futura sentencia establecerá los requisitos y circunstancias que permiten reconocer un interés legítimo a terceros en procesos relacionados con la eutanasia solicitada por una persona mayor de edad y con plena capacidad de decisión.
