Condenado a 24 años y ocho meses de prisión el policía local que asesinó a su mujer en Ceuta

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**Pie de foto:** El agente de la Policía Local de Ceuta ha sido condenado a 24 años y ocho meses de prisión. Europa Press
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La Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha condenado este jueves a 24 años y ocho meses de prisión a un agente de la Policía Local por el asesinato de su esposa, María de los Ángeles Lozano, notificadora de los Juzgados de Ceuta, en unos hechos ocurridos en marzo de 2022. El policía fue declarado culpable por un jurado popular el pasado mes de mayo y la sentencia, además, le obliga a indemnizar con 373.500 euros a los familiares de la víctima.

Un segundo juicio tras anularse la primera condena

La resolución llega después de que la Audiencia Provincial ordenara repetir el primer juicio, celebrado en 2025, en el que el acusado había sido condenado a 35 años y seis meses de prisión. La repetición del proceso se produjo tras estimar parcialmente un recurso de la defensa, que alegó vulneración de las garantías procesales y errores en la valoración de las pruebas y en la calificación jurídica de los hechos.

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La sentencia, notificada este jueves a las partes y contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), condena a Alonso G.D. por un delito de asesinato con las agravantes de parentesco y motivación de género, así como con la atenuante de dilaciones indebidas.

Por este delito se le impone una pena de 20 años y un día de prisión, además de la prohibición de acercarse o comunicarse con sus dos hijos durante 26 años y la privación de la patria potestad respecto de su hijo menor. La sentencia incluye igualmente un año y seis meses de cárcel por un delito de lesiones psíquicas graves sobre su hija, otro año y dos meses por un delito contra la integridad moral de la menor y dos años más por un delito de maltrato psíquico habitual.

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La Ciudad Autónoma de Ceuta, responsable civil subsidiaria

La Audiencia también declara la responsabilidad civil subsidiaria de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ya que, según consideró probado el jurado, el acusado había tenido retirada su arma reglamentaria en dos ocasiones, en los años 2001 y 2007, debido a episodios de ansiedad.

Sin embargo, y pese a esos antecedentes, el día del crimen el agente disponía de su arma reglamentaria mientras prestaba servicio. El jurado popular consideró probado que el acusado, agente de la Policía Local de Ceuta y casado con la víctima, mantenía con ella una relación de la que habían nacido dos hijos menores.

La mañana del 14 de marzo de 2022, cuando se encontraba de servicio y vestido con el uniforme reglamentario, mantuvo una discusión con su esposa en la cocina del domicilio familiar por una cita médica, atribuyéndole a ella la pérdida de la misma.

Según recoge la sentencia, tras la discusión el acusado se dirigió al salón, donde había dejado el cinturón con la pistola reglamentaria, y regresó posteriormente a la cocina mientras continuaba el enfrentamiento verbal.

La hija trató de mediar antes del disparo

La situación provocó que la hija de la pareja acudiera a la cocina al percatarse de la tensión existente. Al ver la actitud de su padre, la joven intentó intervenir para tranquilizarle, pero el agente hizo caso omiso.

El tribunal considera probado que el acusado apartó a su hija de forma agresiva y, con la intención de acabar con la vida de su esposa, disparó a corta distancia contra María de los Ángeles Lozano, causándole la muerte. La sentencia relata además que, durante los años anteriores al crimen, el acusado sometió a su mujer a un clima de terror y sometimiento, todo ello en presencia de sus hijos menores.

La resolución describe una convivencia marcada por los gritos, las actitudes violentas, el desprecio hacia la víctima y el control constante sobre ella, limitando su autonomía y generando un entorno de violencia psicológica continuada.

Con esta resolución, la Audiencia pone fin, por el momento, a uno de los casos de violencia machista más graves registrados en Ceuta en los últimos años, aunque la sentencia todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.