Un juzgado archiva la causa contra Juana Rivas por un delito de sustracción de menores
El juzgado ha acordado el archivo de la segunda causa que se abrió contra Juana Rivas en 2025 por un presunto delito de sustracción de menores
La Fiscalía pide archivar la causa por sustracción de menores contra Juana Rivas
Un juzgado de Granada ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa seguida contra Juana Rivas por un delito de sustracción de menores, en concreto sus hijos, al considerar que no resulta debidamente justificado que lo cometiera.
La resolución, dictada por la magistrada Susana Álvarez Civantos, pone fin en esta fase procesal a la investigación iniciada a raíz de la denuncia presentada por su exmarido y padre de sus dos hijos, Francesco Arcuri, en marzo de 2025, ha informado este viernes el despacho de abogados de Rivas.
El auto coincide con la posición mantenida por la Fiscalía, que solicitó recientemente el archivo de la causa al considerar que las diligencias practicadas no aportaban elementos suficientes para formular acusación contra Juana Rivas por un delito de sustracción de menores.
La resolución emitida sobre el caso de Juana Rivas
La resolución destaca que su actuación se desarrolló a través de los cauces legales y judiciales disponibles, recurriendo las decisiones que consideraba perjudiciales para su hijo y solicitando judicialmente su suspensión. También el hecho de que cuando el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada acordó finalmente la entrega del menor para su regreso a Italia, cumplió la resolución judicial. El auto subraya que no existieron incumplimientos reiterados posteriores y que, una vez requerida judicialmente, procedió a la entrega.
La resolución considera relevante que, en el momento en que se presentó la denuncia, la situación se circunscribía al incumplimiento de una resolución civil italiana que estaba siendo recurrida y cuya suspensión se había solicitado judicialmente.
El Juzgado concluye que esa situación no alcanza por sí sola la gravedad necesaria para integrar el delito de sustracción de menores del artículo 225 El Juzgado concluye que esa situación no alcanza por sí sola la gravedad necesaria para integrar el delito de sustracción de menores del artículo 225.
La propia resolución añade que las actuaciones posteriores de Juana Rivas y de su representación procesal se desarrollaron utilizando los procedimientos legalmente previstos y recuerda que, cuando se produjo un requerimiento efectivo para la entrega del menor, se dio cumplimiento a la resolución judicial.
"Trataba de proteger a su hijo"
Desde Aránguez Abogados, defensa de Juana Rivas, valoran esta resolución que, "tras una extensa investigación judicial, hace que se vaya demostrando la verdad". "La resolución confirma algo que hemos sostenido desde el inicio, Juana Rivas no actuó al margen de la Justicia, sino utilizando los instrumentos legales y procesales disponibles para tratar de proteger a su hijo", señalan.
Inciden en que "cuando existió una resolución judicial que ordenaba efectivamente su entrega, la cumplió" y ven igualmente significativo que el Ministerio Fiscal y el Juzgado hayan coincidido finalmente en la inexistencia de elementos suficientes para sostener una acusación penal por sustracción de menores.
El auto de 24 de septiembre de 2026 acuerda, en consecuencia, el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones respecto de Juana Rivas. En Italia continúa el juicio contra su expareja, Francesco Arcuri, por presunto delito de maltrato, físico y psíquico, a sus hijos.