30.000 euros por un resbalón: el Ayuntamiento de San José de la Rinconada, en Sevilla, indemniza a una mujer que se cayó en una calle mojada
Un juzgado de Sevilla obliga al Ayuntamiento de San José de la Rinconada a indemnizar con casi 30.000 euros a una vecina que sufrió un esguince al resbalar en un paso de peatones
La sentencia concluye que la caída se debió a la falta de señalización del riesgo durante las labores de limpieza
SevillaUn paso de peatones mojado con agua jabonosa ha salido caro al Ayuntamiento de San José de la Rinconada, en Sevilla. La vecina M.V., peluquera de 34 años en el momento del accidente, sufrió una grave caída el 25 de julio de 2022 en la confluencia de la calle Don José de la Cruz con calle El Malecón, cuando resbaló en un punto el que se había acumulado agua con detergente. Aquella mañana, un operario municipal estaba realizando "tareas de limpieza del viario utilizando agua jabonosa, que bajó por la pendiente de la calle y quedó estancada por el mal drenaje del pavimento", según recoge la sentencia.
Tras la caída, M.V. inició un largo proceso médico que se prolongó durante dos años. Aunque la sentencia describe las lesiones como un esguince de tobillo, la afectada asegura que lo que sufrió fue una rotura de tibia y peroné que la obligó a pasar por el quirófano en dos ocasiones. "Me ha sorprendido mucho que en la sentencia firme aparezca como un esguince, cuando he tenido hasta que aprender a caminar de nuevo. Ha sido muy duro", explica a la web de Informativos Telecinco.
La peluquera afirma que el accidente le obligó a dejar de trabajar durante todo este tiempo: "He estado dos años sin poder ejercer mi profesión y ahora necesito volver y recuperar mi vida", asegura. Pese a su desconcierto por cómo queda recogida la lesión en la resolución judicial, se muestra aliviada: "me tengo que conformar con lo que se ha dictado, al menos se ha hecho algo de justicia porque ellos no querían hacerse responsables de nada".
"Un riesgo evidente para los peatones"
La sentencia del juzgado de Sevilla da la razón a la afectada y considera acreditado que la caída se produjo por la "inadecuada señalización del riesgo generado" por las labores de limpieza. El operario municipal que declaró en el juicio reconoció que se estaba utilizando agua con jabón, que la calle tenía pendiente, que el agua se acumulaba porque "no tragaba bien" y que no se colocó ninguna señalización que advirtiera a los peatones del peligro existente.
El fallo destaca que el uso de jabón añade un "plus de peligrosidad" y subraya que corresponde al Consistorio "garantizar el adecuado mantenimiento de las calles y advertir de los riesgos cuando se ejecuten tareas susceptibles de generar accidentes". Por ello, condena al Ayuntamiento y a su aseguradora a indemnizar a M.V. con 29.408,73 euros, más los intereses legales y las costas del procedimiento.
El Ayuntamiento alegó que el charco era "visible y evitable"
En el juicio, el Consistorio defendió que el charco era visible y que la caída podría haberse evitado si la peatona hubiera actuado "con la debida diligencia". Sin embargo, el tribunal concluyó que la acumulación de agua jabonosa en un paso de peatones, sin señalización alguna y en una vía con pendiente, constituye un riesgo objetivo imputable a la administración.
La resolución se apoya en el artículo 106.2 de la Constitución y en el artículo 32 de la Ley 40/2015, que reconocen el derecho de los ciudadanos a ser indemnizados por daños derivados del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. El tribunal subraya que la administración no solo debe mantener las vías seguras, sino también advertir de riesgos previsibles derivados de actividades como el baldeo con agua jabonosa, especialmente en zonas con pendiente.
Dos años de recuperación
Según la sentencia, M.V. tardó 45 días en recuperarse del esguince de tobillo descrito en el expediente, además de sufrir secuelas funcionales y estéticas. Pero la afectada insiste en que las consecuencias han sido mucho más graves. Asegura que la rotura de tibia y peroné y las dos operaciones necesarias la apartaron de su vida laboral durante dos años.
Su abogado, David Rodríguez, de Legalcores Abogados, recuerda que la sentencia se basa en lo que figura en la documentación médica incorporada al proceso, pero recalca que lo importante es que el juzgado reconoce la responsabilidad del Ayuntamiento: "el fallo avala que había un riesgo evidente, previsible y no señalizado".
Con estos elementos, el juzgado concluye que existe una relación de causalidad directa entre la actuación municipal y la lesión sufrida, por lo que procede la indemnización establecida. M.V., tras dos años de recuperación, confía ahora en poder retomar poco a poco su vida laboral.