Qué puede ocurrir con Jesús Owono, el portero que golpeó accidentalmente a Jesús de Miguel: las posibles sanciones
El propio acta del partido recogió que Owono hizo un "uso de fuerza excesiva"
Las reacciones del mundo del deporte tras la muerte del futbolista Jesús de Miguel: "Rotos de dolor"
El delantero del CD Tenerife Jesús de Miguel falleció este martes a los 30 años después de sufrir un fuerte golpe en el duelo de LaLiga Hypermotion que enfrentaba al conjunto insular y al FC Andorra.
El fatídico desenlace se produjo después de que el portero del Andorra Jesús Owono impactara de forma violenta contra el delantero madrileño. El golpe le provocó la pérdida de conocimiento y convulsiones sobre el terreno de juego, requiriendo la práctica inmediata de maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP) por parte de las asistencias sanitarias presentes en el estadio.
El jugador logró recuperar el pulso y la respiración autónoma antes de ser introducido en la ambulancia con soporte vital para su traslado al centro hospitalario. Después, el club insular informó del ingreso de urgencia de De Miguel en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria tras sufrir una parada cardiorrespiratoria provocada por el fuerte golpe. Y, de madrugada, el Tenerife avanzó que su estado de salud empeoró neurológicamente, antes de su muerte.
Qué pasará ahora con el portero del Andorra Jesús Owono
La trágica muerte se produjo por tanto tras el fuerte choque con el portero del Andorra, ante lo que surgen diversas preguntas sobre su implicación en la muerte y las sanciones que podría llegar a recibir.
El propio acta del partido recogió el choque: Owono fue expulsado tras "impactar bruscamente con su pierna en alto sobre un adversario con uso de fuerza excesiva cuando el balón estaba en disputa”.
Para hablar de las posibles sanciones hay que acudir al Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), como recoge Voz Pópuli. En él se regulan los actos de violencia sobre el terreno de fútbol, especialmente en el artículo 130 y 102, que recoge que se sancionará con la suspensión de 1 a 3 partidos por acciones violentas durante el juego o con de 4 a 12 por consecuencias lesivas graves.
Además, a parte del terreno futbolístico, también se abren las dudas sobre una posible responsabilidad penal. Como recoge el citado medio, la figura que habría que analizar principalmente es el homicidio por imprudencia, recogido en el artículo 142 del Código Penal. Este artículo contempla dos posibilidades: en primer lugar, el homicidio por imprudencia grave, castigado con una pena de prisión de uno a cuatro años. En segundo lugar, el homicidio por imprudencia menos grave: está castigado con una multa de tres a 18 meses.
Para que pudiera aplicarse este artículo habría que demostrar que la conducta del portero fue imprudente en términos jurídicos, que causó el fallecimiento y que existe una relación causal entre esa conducta y el resultado. No basta con que la acción fuera peligrosa, que el árbitro mostrase una tarjeta roja o que finalmente haya acabado con la muerte del futbolista.