Declaran improcedente el despido de un cocinero de un hotel de Vigo por aparecer bailando en TikTok en su baja por dolor cervical y lumbar
Declaran improcedente el despido de un cocinero de un hotel de Vigo por publicar vídeos en TikTok bailando en su baja por dolor cervical y lumbar
El TSJPV avala un despido disciplinario por participar en carreras de montaña mientras estaba de baja por cervicalgia
VigoUn hotel de Vigo ha sido condenado a readmitir o a indemnizar a un cocinero al que había despedido al subir vídeos a sus redes sociales en las que aparecía bailando o agachándose en plena baja por dolor cervical y lumbar debido a un accidente de tráfico que sufrió en el 2024. Según ha informado el medio de comunicación 'La Voz de Galicia',
Al parecer, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza (TSXG) ha condenado al hotel a readmitir o a indemnizar con 5.126 euros al trabajador, después de que la Justicia declarase improcedente su despido disciplinario.
Obligados a indemnizarle o a readmitirle en su puesto como cocinero
La empresa despidió en 2025 al cocinero al considerar que el empleado simulaba su situación de incapacidad temporal, ya que durante la convalecencia publicó en TikTok e Instagram varios vídeos en los que aparecía bailando, disfrazado, con tacones y maquillaje, además de mostrar escenas en las que cuidaba de su marido, que tiene una discapacidad.
La concesionaria que gestiona el establecimiento entendió que estas publicaciones suponían una falta muy grave por realizar actividades incompatibles con la baja médica y por un supuesto abuso de confianza.
Sin embargo, el Juzgado de lo Social número 3 de Vigo concluyó que el despido era improcedente al no quedar acreditada la fecha exacta en la que se grabaron o publicaron los vídeos. Además, consideró que bailar no constituye una actividad de especial riesgo. El juzgado también descartó que existieran pruebas suficientes para declarar nulo el despido por discriminación relacionada con su enfermedad.
Por eso y tal y como recoge 'La Voz de Galicia', la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en una sentencia dictada el 2 de julio de 2026, ha confirmado la improcedencia del despido y, también, ha rechazo que se hubiese producido una situación de discriminación hacia el trabajador durante su proceso de baja médica.
Criticar a la empresa en TikTok, motivo de despido
La sentencia se ha conocido tan solo unos días después de que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ratifique el despido de un camarero de un hotel por criticar a su empresa a través de un video que publicó en TikTok durante su jornada laboral.
Según ha informado el TSJIB en un comunicado, el empleado publicó un vídeo en el que revelaba el sistema interno de cobro e identificaba a la empresa. En la grabación, divulgó los márgenes de beneficio del café -con un coste de 0,20 euros frente a los cinco euros de venta- y se quejó públicamente de recibir un salario de 1.400 euros. El 14 de mayo de 2024 la mercantil le comunicó la extinción de la relación laboral alegando despido disciplinario.
El demandante alegaba que el despido era desproporcionado e improcedente, ya que en la grabación no se identificaba a la empresa ni se causó un daño real a la demandada. Sin embargo, la Sala sostiene que publicar un video despectivo en redes sociales durante el horario de trabajo y mostrando herramientas internas de la empresa rompe la confianza laboral, lo que justifica plenamente el despido. La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.