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Elecciones generales 2026

Cómo pueden votar las personas ciegas: el procedimiento de voto accesible

Se debe solicitar previamente al Ministerio del Interior
Se debe solicitar previamente al Ministerio del Interior. Víctor Fernández / Europa Press
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MadridLas elecciones generales del próximo 29 de noviembre de 2026 volverán a movilizar a millones de ciudadanos españoles, incluidos aquellos que necesitan ciertas adaptaciones para poder ejercer su derecho al voto. Entre ellos se encuentran las personas ciegas o con discapacidad visual grave, que disponen de un procedimiento específico para participar en los comicios de manera autónoma, sin necesidad de pedir ayuda a otras personas y revelar qué candidatura han escogido.

Aunque introducir una papeleta en una urna parece un gesto fácil, para aquellos que tienen dificultades visuales puede convertirse en un proceso complejo si no cuentan con los recursos necesarios. Precisamente por este motivo, la legislación española contempla un sistema de voto accesible basado en el braille, que permite identificar las candidaturas, seleccionar la papeleta que corresponde y depositarla en la urna mantiendo el secreto del sufragio.

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¿Qué es el voto accesible y quién puede solicitarlo en las elecciones generales de 2026?

El voto accesible es un procedimiento diseñado para que las personas ciegas o con discapacidad visual puedan ejercer su derecho al sufragio con autonomía y confidencialidad. Su funcionamiento está regulado por el Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre, que establece las condiciones para utilizar documentación electoral adaptada mediante el sistema braille.

A diferencia de lo que podría pensarse, este procedimiento no consiste en introducir papeletas escritas íntegramente en braille. Estos electores utilizan las mismas papeletas y sobres oficiales que el resto de ciudadanos, pero tienen documentación complementaria que les permite identificar las diferentes opciones políticas.

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Para solicitar este sistema en las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 es necesario estar inscrito en el censo electoral, como es lógico, conocer el sistema de lectoescritura braille y cumplir al menos con una de estas dos condiciones: tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% o estar afiliado a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE).

El procedimiento es completamente voluntario y no sustituye otras formas de votación previstas en la legislación. De hecho, las personas que prefieran acudir con alguien de su confianza podrán hacerlo, tal y como dicta el artículo 87 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

¿Cómo se puede solicitar el kit del voto accesible para el 29N?

Las personas que estén interesadas en usar este procedimiento deberán realizar una solicitud previa al Ministerio de Interior. Para ello, está habilitado un teléfono gratuito, 900 150 000, mediante el que pueden comunicar su intención de utilizar este voto accesible en las próximas elecciones generales.

Durante la llamada se solicitan datos identificativos como el nombre y apellidos, el DNI, el domicilio y un número de teléfono de contacto. Esta información permite gestionar la preparación de la documentación adaptada y garantizar que esté disponible en la mesa electoral que corresponda.

El plazo para solicitar este kit comienza el día de la convocatoria electoral y se prolonga hasta el vigesimoséptimo día posterior. Por tanto, no es posible esperar al propio 29 de noviembre para solicitarlo por primera vez.

Una vez que se ha realizado la comunicación, el elector recibirá una comunicación que le permitirá recoger la documentación el día de las elecciones. No hay que desplazarse a ningún sitio, puesto que estará disponible en el colegio electoral asignado.

¿Qué contiene ese kit y cómo se usa?

El elemento fundamental de este procedimiento es el denominado kit de votación accesible, un conjunto de materiales que permite a las personas ciegas o con discapacidad visual grave identificar las candidaturas y preparar el voto sin depender de terceras personas.

En las elecciones generales, el kit incluye documentación diferenciada para el Congreso de los Diputados y el Senado, ya que ambos procesos utilizan sistemas de votación distintos. Para el Congreso, el elector encontrará sobres identificados en tinta y braille con el nombre de cada candidatura. Dentro de ellos se encuentra la papeleta oficial correspondiente, que puede extraerse e introducirse en el sobre normalizado de votación.

En el caso del Senado, el procedimiento presenta algunas particularidades porque los ciudadanos deben seleccionar candidatos concretos. Por ese motivo, el kit incluye una plantilla con ventanas troqueladas y una guía en braille que permite localizar los nombres y marcas las opciones escogidas en la papeleta oficial.

Cómo votar en el colegio electoral usando el voto accesible

El día de las elecciones, las personas que hayan solicitado el voto accesible deberán acudir a su colegio electoral habitual y dirigirse a la mesa que les corresponda. Allí tendrán que comunicar al presidente que solicitaron previamente el procedimiento adaptado. El presidente de la mesa, o uno de los vocales, entregará la documentación reservada para ese elector y le indicará dónde puede utilizarla.

Los colegios electorales deben disponer de un espacio accesible que garantice la privacidad durante la preparación del voto, situado lo más cerca posible de la mesa electoral. En ese lugar, el ciudadano podrá consultar la documentación en braille y seleccionar sus papeletas tranquilamente.

También se puede recoger el kit, salir del colegio electoral y volver más tarde para depositar los sobres en las urnas que correspondan. Una vez que el voto está preparado, el elector deberá, como el resto de ciudadanos, identificarse con su DNI, pasaporte u otro documento de identificación admitido legalmente y seguir el procedimiento habitual para votar.

Las papeletas que utilicen, como hemos mencionado anteriormente, serán exactamente iguales al resto, de manera que no existirá ninguna diferencia que pueda identificar posteriormente el voto como procedente de una persona con discapacidad visual.

En el caso de que no se haya solicitado el kit o no se conozca el braille, se puede recurrir al voto asistido, mediante el que el elector puede acudir acompañado de una persona de su confianza que le ayude a seleccionar la papeleta y completar el proceso.