Si pido voto por correo, ¿pueden llamarme a ser miembro de una mesa electoral?: lo que dice la normativa
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Las claves del voto por correo para las elecciones generales del 29N: plazos, fechas y cómo solicitarlo
La convocatoria de las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 ha reabierto el debate sobre el voto por correo. Desde el arranque de la democracia, España ha celebrado más de dos centenares de procesos electorales entre elecciones generales, autonómicas, municipales y europeas y en este tiempo, los casos de alteración, compra o manipulación del voto por correo que han llegado a los tribunales han sido escasos en comparación con el volumen total de sufragios emitidos.
Las dudas de PP y Vox
Sobre el voto por correo, en redes siguen circulando algunas dudas y bulos sobre este procedimiento. Uno de los más extendidos sostiene que quien solicita votar por correo ya no puede ser elegido para formar parte de una mesa electoral, algo que es falso. Según el portal InfoElectoral del Ministerio del Interior, solicitar el voto por correo no exime de ser designado miembro de mesa. La única consecuencia es que el elector recibirá la documentación en el domicilio indicado y no podrá votar presencialmente el día de la elección.
Nada más conocerse la convocatoria de elecciones generales anticipadas, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, pidió a los ciudadanos que, si les era posible, evitaran esta modalidad de sufragio y acudieran personalmente a las urnas, al tiempo que reclamó estar atentos ante una posible manipulación del proceso electoral.
Por su parte, Vox también expresó recelos sobre el procedimiento. Sin embargo, más allá de estas declaraciones políticas, el sistema español incorpora diversos mecanismos de control diseñados para impedir la duplicidad del voto y garantizar la identificación del elector.
Para las elecciones generales del 29 de noviembre, el plazo para solicitar el voto por correo estará abierto desde el 6 de octubre hasta el 19 de noviembre. Una vez presentada la solicitud, la Oficina del Censo Electoral verifica la inscripción del ciudadano y deja constancia de que ejercerá su derecho por esta vía. Desde ese momento ya no podrá votar presencialmente el día de las elecciones, aunque finalmente no llegue a remitir su papeleta.
Posteriormente, el elector recibe por correo certificado toda la documentación electoral. Una de las principales garantías incorporadas en los últimos años es la obligación de identificarse no solo cuando el cartero nos entrega el sobre con la documentación en nuestro domicilio, sino también al entregar el voto en una oficina de Correos. Desde junio de 2023, la Junta Electoral Central exige que el personal de Correos compruebe la identidad del elector mediante DNI, pasaporte, permiso de conducir u otro documento válido antes de admitir el envío.
Además, los votos no pueden depositarse en buzones ordinarios, Correos mantiene un registro de toda la documentación recibida y, finalmente, son los propios ciudadanos que integran las mesas electorales quienes introducen los sobres en las urnas y realizan el escrutinio público.
Los principales casos investigados
A pesar de los más de doscientos procesos electores celebrados en España desde la vuelta de la democracia, lo cierto es que han sido mínimos los casos que han terminado siendo judicializados como recogen medios como The Objective o La Gaceta:
El antecedente más relevante es el denominado caso del voto por correo de Melilla en las elecciones generales de 2008. En 2021, el Tribunal Supremo confirmó las condenas de dos años de prisión para Mustafa Aberchán, dirigente de Coalición por Melilla, y Dionisio Muñoz, exsecretario general del PSOE melillense, por delitos electorales y falsedad documental. Según la sentencia, ambos participaron en una operativa por la que se ofrecían puestos de trabajo y otras contraprestaciones a determinados electores para que solicitaran el voto por correo y entregaran posteriormente la documentación a terceras personas, que eran quienes decidían el sentido final del sufragio.
El segundo gran episodio relacionado con esta modalidad de sufragio es la investigación abierta por la presunta trama de compra de votos por correo en las elecciones municipales y autonómicas de 2023 en Melilla. La causa, que sigue su curso judicial, se inició tras una operación policial que apuntó a supuestos pagos de entre 100 y 150 euros para alterar el procedimiento electoral. Las diligencias afectan a decenas de investigados y llevaron incluso al ingreso en prisión provisional durante varios meses de algunos de los principales responsables políticos señalados por la investigación.
Otro de los procedimientos más relevantes se localiza en Mojácar, Almería. La investigación se abrió también tras las elecciones municipales de 2023 por una presunta compra de votos por correo mediante pagos directos, promesas de empleo y concesión de ayudas sociales. La causa provocó varias detenciones y llegó a afectar inicialmente a representantes de distintos partidos políticos. Según las informaciones publicadas hasta la fecha, las actuaciones relacionadas con cargos del PP terminaron archivadas, mientras que la investigación continuó respecto a responsables vinculados al PSOE.
En Albudeite, Murcia, la Justicia mantiene abierta otra investigación relacionada con las elecciones municipales de 2023. Las pesquisas se centran en una supuesta captación irregular de electores mediante incentivos económicos y otros beneficios personales asociados a la gestión del voto por correo. Se trata de una causa todavía en fase de investigación y sin una resolución judicial definitiva.
También continúa bajo investigación judicial el caso de Cervera del Maestre, Castellón. En este municipio, las diligencias se dirigen contra varias personas vinculadas al PSOE, entre ellas el entonces alcalde de la localidad, por una presunta manipulación del voto postal mediante la utilización irregular de certificados médicos y poderes notariales que permitían delegar el voto de determinados electores.
Un caso especialmente singular es el que se investiga en Albaida del Aljarafe, Sevilla. A diferencia de otras causas centradas en la compra de votos, en este procedimiento se analiza la posibilidad de que se hubieran tramitado solicitudes de voto por correo sin conocimiento de los propios ciudadanos afectados. Uno de los testigos declaró ante la Justicia que nunca había solicitado votar por correo y negó que la firma que figuraba en la documentación fuera suya. La investigación trata de aclarar cómo pudieron admitirse solicitudes que presuntamente no cumplían todos los requisitos exigidos.
Por último, en Carboneras, Almería, continúa la investigación sobre supuestos pagos destinados a favorecer una candidatura en las elecciones municipales de 2023. Aunque parte de las actuaciones fueron archivadas respecto de algunos de los investigados, el procedimiento seguía abierto para determinar si existieron conductas delictivas vinculadas al voto por correo.
Como contraste con estos casos, conviene recordar que no todos los incidentes relacionados con el voto por correo responden a b. En diciembre de 2025, durante las elecciones autonómicas en repetidas en Extremadura, desapareció una caja fuerte con 124 votos ya emitidos de una oficina de Correos de Fuente de Cantos, Badajoz. La investigación policial concluyó meses después con la desarticulación de un grupo criminal especializado en robos. Las autoridades habilitaron mecanismos para que los afectados pudieran volver a votar y el caso fue tratado como un episodio de delincuencia común, sin indicios de fraude político o alteración organizada del resultado electoral.
El denominado caso Melilla tuvo consecuencias directas sobre la normativa electoral. Según un estudio de Ibiza Melián, profesora del área de Ciencia Política y de la Administración de la Universidad de La Laguna, titulado 'Análisis judicial en España de la adulteración del voto por correo como delito electoral y la consecuente vulneración del derecho fundamental de participación', hasta 2023 era obligatorio identificarse para solicitar el voto por correo y para recibir la documentación, pero no para depositar el voto en una oficina postal.
En este sentido, la Instrucción 5/2023 de la Junta Electoral Central modificó esa situación. Desde las elecciones generales de julio de 2023, el elector debe acudir personalmente a Correos e identificarse para entregar la documentación electoral. La medida respondía, según la propia resolución, a la “inquietud social sobre la seguridad en el procedimiento del voto por correspondencia”, recoge el texto publicado en la Revista de la Facultad de Derecho de México.