DGT Dirección General Tráfico

La tasa de alcoholemia, más cerca de cambiar en España: lo que la DGT permite beber actualmente y con la nueva propuesta

Un control de alcoholemia. EUROPA PRESS
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Con 173 votos a favor, 168 en contra y 5 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó, este martes 29 de septiembre, la tramitación de una proposición de ley que supondría rebajar más de la mitad la actual tasa máxima genérica de alcohol al volante y que ya fue rechazada en el mes de marzo. Concretamente, la iniciativa pretende reducir la tasa de los actuales 0,5 gramos por litro de sangre a a 0,2 gramos (0,1 miligramos por litro de aire aspirado).

El diputado del PSOE, Manuel Arribas Maroto, defendió en el Congreso que esta medida "puede contribuir a salvar vidas": "Mientras exista una sola decisión que pueda evitar una muerte en nuestras carreteras, esta Cámara tiene la obligación de intentarlo", manifestó, en respuesta a la petición de entidades de víctimas viales, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y la Dirección General de Tráfico (DGT).

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"Hoy tenemos de nuevo una oportunidad, en estos meses seguro que han cambiado muchas cosas en nuestro país, pero hay otras cosas que no han cambiado: No ha cambiado el efecto del alcohol sobre la conducción, no ha cambiado el riesgo, no han cambiado sus consecuencias y, desgraciadamente, tampoco han dejado de llegar víctimas a nuestras carreteras. Volvemos porque creemos en esta medida, porque creemos que puede contribuir a salvar vidas", aseguró el socialista.

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La iniciativa socialista mantiene la rebaja de la tasa de alcohol que la Comisión de Interior tumbó el pasado marzo, aunque suprime la prohibición prevista entonces para difundir en redes sociales y aplicaciones de mensajería la ubicación de controles de alcohol y drogas.

Así sería la nueva distribución de la pérdida de puntos

Los socialistas proponen, de nuevo, la modificación del artículo 76 de la ley de Tráfico introduciendo como infracción grave "conducir con tasas de alcohol superiores a 0,1 miligramos por litro de aire espirado o 0,2 gramos por litro en sangre, hasta 0,25 miligramos por litro de aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre", según informa la agencia Europa Press.

También se introduce como infracción muy grave "conducir con tasas de alcohol superiores a 0,25 miligramos por litro de aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre, o con presencia en el organismo de drogas", modificando el artículo 77. Para dichas infracciones, se fijan sanciones con multa de 1.000 euros.

De salir adelante, la escala de pérdida de puntos quedaría fijada en dos puntos para quienes conduzcan con una tasa superior a 0,1 y hasta 0,25 miligramos por litro de aire espirado; cuatro puntos para tasas superiores a 0,25 y hasta 0,5 miligramos; y seis puntos cuando se supere el límite de 0,5 miligramos.

Según el texto, la reforma "no tiene un enfoque represivo, sino que persigue, como es propio de cualquier sociedad moderna y democrática, que sus ciudadanos puedan ejercer con seguridad su derecho a la libre circulación sin ver comprometidas su vida y su integridad física, todos ellos derechos fundamentales reconocidos por nuestro texto constitucional".