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La Agencia de Protección de Datos sanciona por primera vez a un colegio por el uso indebido de Google: el centro, multado con 12.000 euros

Imagen de archivo del aula de un colegio
Imagen de archivo del aula de un colegio. EP
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MadridLa Agencia Española de Protección de Datos, la autoridad pública española independiente encargada de velar por la privacidad y la protección de datos de la ciudadanía, ha dictado su primera sanción individual al colegio Holy Mary Catholic School de Madrid por el uso indebido de la plataforma de gestión escolar de Google.

En concreto, la Agencia Española de Protección de Datos considera que el colegio madrileño infringió el Reglamento General de Protección de Datos. En la resolución emitida a través de su página web, la Agencia Española de Protección de Datos considera que el centro permitió que, a través de estas herramientas escolares a las que tenían acceso los alumnos, se usara información personal de los menores "con finalidades que trascienden las propias del derecho a la educación". Además, se considera que desde el centro educativo no se dio toda la información a las familias de los escolares y no se hizo una evaluación de impacto adecuada.

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La denuncia de la madre de dos estudiantes del colegio madrileño sancionado por la Agencia Española de Protección de Datos

La notificación a la Agencia Española de Protección de Datos en forma de denuncia llegó por parte de una madre que reclamaba en 2024 que sus hijos, estudiantes de educación primaria, accederían a contenidos no relacionados con los estudios, como la página web de YouTube y videojuegos.

"Habiendo consultado al centro educativo, su director confirmaría la utilización de la herramienta en diferentes clases y que disponen de cuentas de correo electrónico de gmail para acceder a la aplicación Chrome. La reclamante afirma que no recibió información sobre la utilización de dicha herramienta", expone la Agencia Española de Protección de Datos.

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La progenitora que presentó la denuncia fue consciente de que sus hijos accedían a contenidos no relacionados con los estudios. En concreto, los menores habrían podido acceder a contenidos como YouTube o videojuegos a través del ordenador portátil del colegio con la plataforma Google Workspace for Education.

Tras recibir esta denuncia, la Agencia Española de Protección de Datos contactó con el centro educativo madrileño en dos ocasiones. Desde el colegio madrileño se aseguró haber informado sobre el uso y almacenamiento de los datos personales a la madre denunciante.

Sin embargo, desde la Agencia Española de Protección de Datos se cuestionó los términos en que se realizó dichas comunicaciones y, se considera, que no se acreditó que toda la información llegara a las familias.

Los datos personales de los alumnos

En la resolución emitida por la Agencia Española de Protección de Datos, se detalla que el colegio informó a los padres de los alumnos que, a través de esta herramienta de estudio, se guardaba el nombre, apellidos, contraseña y año escolar de los alumnos.

Sin embargo, no se avisó a los progenitores de los escolares que la aplicación de Google también recopilaba "datos de uso de los alumnos que quedan asociados a sus perfiles, tales como información de los dispositivos o acceso a contenidos visualizados o cargados por los usuarios".

La sanción al colegio madrileño

Por eso, desde la Agencia Española de Protección de Datos se sancionó al colegio Holy Mary Catholic School de Madrid.

Según se acredita en la resolución emitida por la Agencia Española de Protección de Datos, el pasado 29 de enero de 2026 el centro educativo procedió al pago de la sanción en la cuantía de 12.000,00 euros haciendo uso de las dos reducciones previstas en el acuerdo de inicio transcrito anteriormente, lo que implica el reconocimiento de la responsabilidad en relación con los hechos a los que se refiere el acuerdo de inicio y su calificación jurídica.