Cómo logró reinsertarse el asesino de la catana en la sociedad: pasó por un centro evangélico en Cantabria y formó su propia familia
José Rabadán, condenado por matar a su familia en Murcia, pasó por un centro de menores y luego se reinsertó en Cantabria
El tercer capítulo de 'Personas, bestias' trata el crimen de la catana: puedes verlo completo y en abierto clicando en este link a Mediaset Infinity
La reinserción de José Rabadán, el adolescente que en el año 2000 asesinó con una catana a sus padres y a su hermana pequeña en Murcia, es uno de los casos más controvertidos y sorprendentes de la criminología española. El tercer capítulo del videopodcast 'Personas, bestias', dirigido por Carmen Corazzini, analiza el perfil del joven.
Tras ser juzgado bajo la Ley del Menor que entró en vigor en enero de 2001, Rabadán pasó seis años internado en un centro de menores bajo tratamiento psiquiátrico, seguido de cuatro años de libertad vigilada. Su camino hacia la reinserción comenzó allí, en un régimen controlado, y continuó en un centro religioso en el que pudo plantear su nueva vida.
El trastorno epiléptico que alegó la defensa de José Rabadán
El abogado defensor de Rabadán, Pedro López Graña, apostó desde el inicio por una estrategia centrada en la salud del menor. "Tenemos que actuar siempre en beneficio del joven. Además, la nueva ley lo impone", explicó antes de que se emitiera sentencia. La defensa planteó un trastorno epiléptico como atenuante, presentando la posibilidad de que un primer episodio pudiera afectar su cognición y volición en el momento del crimen. Rabadán colaboró activamente con los psiquiatras, ofreciendo detalles de la masacre, lo que permitió a los profesionales evaluar su estado mental y sustentar una línea de defensa coherente ante el tribunal.
Los expertos en epilepsia de España advirtieron que no había antecedentes suficientes para justificar el crimen como consecuencia de un ataque epiléptico aislado. Sin embargo, la idea estaba “sustentada” para el juez, generando un marco que permitiera atender al interés del menor. Carmen Corazzini, en este punto, matiza que, aunque siempre es posible un primer episodio, no podía explicar por sí solo los actos cometidos. El equipo legal utilizó el trastorno como un instrumento procesal que abría la puerta a la rehabilitación dentro del espíritu de la Ley del Menor y consiguió su objetivo.