Condenado un guardia civil a cuatro años de prisión por revelar datos de Tráfico a su excuñado en Sevilla

La Audiencia sevillana condena al segundo encausado como autor de un delito de cohecho activo y le impone tres años de prisión
Condenado a un año de prisión y orden de alejamiento por llamar "cornudo" a un guardia civil en Asturias
SevillaLa Audiencia de Sevilla ha fijado en cuatro años la condena de prisión para el guardia civil que fue declarado por un jurado culpable de revelación de secretos y cohecho por facilitar a cambio de dinero datos de tráfico de vehículos a su excuñado, que ha sido condenado por su parte a tres años de cárcel.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE este martes, se condena al agente por un delito de cohecho pasivo con tres años de prisión, el pago de una multa de 2.160 euros e inhabilitación para empleo público por nueve años, y también por un delito de descubrimiento y revelación de secretos a un año de cárcel y el pago de una segunda multa de 2.160 euros.
Le imponen tres años de prisión y una multa de 2.160 euros
La Audiencia sevillana condena al segundo encausado como autor de un delito de cohecho activo y le impone tres años de prisión y el pago de una multa de 2.160 euros, según recoge la sentencia contra la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
En su veredicto, el jurado consideró probado que los dos acusados mantenían una relación de amistad que se había forjado desde años atrás, dándose la circunstancia de que uno de los investigados estuvo casado con la hermana del agente hasta 2005, cuando se divorciaron.
Según el jurado, esa relación hacía que el ciudadano acusado fuera consciente de que el guardia civil, por razón de su cargo y destino, tenía acceso a las diferentes bases de datos utilizadas por los miembros de la Guardia Civil de Tráfico previamente habilitados.
En 2023 su excuñado hacía trabajos remunerados para una agencia de investigación privada
Las bases de datos a las que los miembros de la Guardia Civil tienen acceso por razón de su cargo o empleo son, en cualquier caso, "fuentes de información protegidas y auditadas, cuyo uso es exclusivamente para el desempeño de las funciones que por competencia tienen atribuidas las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado".
La sentencia pone de manifiesto que el agente condenado era conocedor del deber de confidencialidad que debía guardar respecto a la información que obrara registrada en las bases de datos de la Guardia Civil y de la prohibición de acceder a esa información o de utilizarla para fines distintos a los estrictamente profesionales.
En 2023 su excuñado hacía trabajos remunerados para una agencia de investigación privada y, para esa labor, "le interesaba conocer datos asociados a determinados vehículos de motor, tales como la identidad o domicilio de sus titulares, seguro e ITV".
El agente se prestó a facilitársela a cambio de dádiva o remuneración económica
Sabiendo este acusado que dicha información constaba en las bases de la Guardia Civil, pidió al agente acusado que se la proporcionara, para lo cual le ofreció "una dádiva o remuneración económica", agrega la sentencia. El agente, pese a ser conocedor de esos deberes y prohibiciones, se prestó a facilitársela a cambio de dádiva o remuneración económica.
La Audiencia asevera en su sentencia que la colaboración del agente condenado en el trabajo que el segundo investigado hacía para una agencia de detectives es "indiscutible" y "máxima expresión de un comportamiento corrupto" que ponía las bases de datos de la Guardia Civil a disposición de investigadores privados.
La Audiencia recuerda que la defensa del guardia civil intentó sostener que se trataba de datos públicos a disposición de cualquiera a través de una solicitud a la DGT previo pago de una tasa, pero el magistrado presidente pone de manifiesto que su acceso era restringido a los miembros de la Guardia Civil "exclusivamente para el desempeño de su profesión y protegidos mediante una prohibición expresa de su difusión a terceros".