El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco considera acreditada la vulneración del derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones
La directiva fue grabada después del error de otro empleado que, al parecer, no cerró la aplicación tras una reunión
Una directiva vasca tendrá que recibir una indemnización de 330.000 euros por parte de su empresa tras un litigio judicial en el que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha reconocido la vulneración del derecho a la intimidad que sufrió tras comprobar que se grabaron más de diez horas de sus conversaciones en la popular aplicación ‘Microsoft Teams’ sin el conocimiento de los participantes.
Los hechos se remontan al periodo comprendido entre los meses de mayo y junio de 2024, siendo ahora, dos años después, cuando ha llegado la resolución judicial que ha terminado por dar la razón a la ya exdirectiva: la que era su empresa, con sede en País Vasco, tendrá que indemnizarla con una cifra exacta de 328.491,62 euros por la extinción indemnizada de su contrato y 7.501 añadidos por daños morales por la ‘lesión de sus derechos fundamentales’. La decisión, tras un largo recorrido, y que afecta a grabaciones de conversaciones que trataban no solo ámbitos laborales, resuelve así en favor de la empleada.
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y el giro del caso a favor de la empleada
Con su resolución, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dado un giro radical al proceso judicial que rodea al caso, dado que revoca la sentencia previa del Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao, que previamente no solo había rechazado la demanda interpuesta por la trabajadora, sino que además le impuso una multa de 4.500 euros al considerar que había actuado con mala fe y temeridad.
Estimando parcialmente el recurso de la empleada, que era una alta directiva de la empresa, en su fallo el tribunal concluye que la trabajadora nunca fue informada de que su voz e imagen pudieran ser captadas en esas circunstancias ni presentó consentimiento para ello.
Grabaron 10 horas de conversaciones de la directiva en Microsoft Teams
Ahondando en el caso, y según los hechos acreditados, es fundamental destacar que todo parte de unas grabaciones que se realizaron a través de Microsoft Teams de forma aparentemente involuntaria. Fue el consejero delegado de la empresa el que dejó la aplicación abierta tras acabar varias reuniones de trabajo celebradas entre las fichas citadas, siendo que, en consecuencia, el sistema siguió registrando durante horas las conversaciones privadas que estuvieron manteniendo varios directivos. Todo ello, huelga decir, sin que fueran conscientes de ello.
Grabados ya sin enterarse, en las conversaciones trataron distintos asuntos como movimientos de directivos, estrategias laborales frente a distintos cambios, temas de confianza interna e incluso asuntos personales de quienes participaban en ellas, tal como recoge el medio Diario Vasco, haciéndose eco de la resolución del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
Debido a esas grabaciones, y después de un cambio en la dirección de la empresa, el nuevo equipo directivo, previo acceso a todo lo que quedó registrado sin que lo supiesen, contactó con la directiva que ha ejercido como denunciante. Fue entonces cuando le expresaron que las grabaciones habían causado una pérdida de confianza en ella, haciendo alusión, entre otros, a asuntos empresariales sensibles.
Tras ese episodio, el nuevo consejero delegado de la empresa sostuvo lo complicado de la situación, expresando la dificultad para mantener algunas de las responsabilidades que tenía la directiva. Así, esta última, tras todo ello, procedió a presentar su demanda escalando el caso en los tribunales.
Exponiendo que estaban agravando su situación laboral, quitándole funciones y afectando a su vida personal hasta el punto de provocarle un trastorno de ansiedad, inició así un litigio que, finalmente, y tras el giro del TSJV, resuelve a su favor.
Atendiendo la cuestión, los magistrados han considerado que existía una “expectativa legítima de intimidad” y que la empresa incumplió las obligaciones previstas en la legislación de protección de datos y derechos digitales. Así, en un fallo judicial del 11 de mayo, subrayan que el error cometido por otro empleado por no cerrar la aplicación de Microsoft Teams u olvidarse de ello no puede traducirse en una renuncia de la directiva a sus derechos fundamentales.
No solo eso, porque el Tribunal Superior de Justicia Vasco también lanza un mensaje al apuntar que las conversaciones, obtenidas de ese modo, no debieron ser admitidas como prueba en el procedimiento judicial. Y por la misma razón: haberse producido una vulneración de los derechos a la intimidad y al secreto de las comunicaciones.
Por todo ello, el tribunal considera acreditado que la acción empresarial es suficientemente grave para justificar la extinción indemnizada del contrato al amparo del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.

