El dron sustituye al selfie: las multas a las te puedes enfrentar si no lo usas cómo y dónde debes

Las sanciones por el mal uso de los drones pueden ir desde los 30.000 euros hasta los 225.000 euros.
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El palo selfie pasa a la historia. Los turistas son más sofisticados y van con su propio dron visitando las ciudades. El problema es que nuestra legislación es muy restrictiva y se enfrentan a multas de más de 200.000 euros. Uno de los errores más frecuentes entre usuarios novatos es pensar que “como es por ocio”, no pasa nada. Y pasa. Las sanciones pueden ir desde los 30.000 euros hasta los 225.000 euros, según la gravedad de la infracción. Solo en Castilla y León, se han contabilizado unos 1.500 vuelos de drones sin autorización.
Para muchos visitar un momumento histórico sin sacar el móvil parece ser imposible, pero el teléfono empieza a no ser suficiente y ahora muchos turistas vuelan su dron para presumir de vacaciones. "Tenemos problemas porque se acercan mucho a los monumentos y se ha producido algún incidente", señala Jesús Gil, inspector jefe de Vigilancia Aérea de la Policía Nacional . Y lo que es peor. Gran parte de los ciudadanos desconocen por completo la exigente normativa española para el uso de drones.
La Policía tiene sistemas de detección con su unidad de drones
Los sistemas de detección de la Policía Nacional son capaces de localizar donde está la aeronave y dónde está el piloto. En lugares, por ejemplo, como el Acueducto de Segovia, las actuaciones de los agentes se han multiplicado por 4 en solo dos años.
En las zonas urbanas, hay que comunicar la intención de volar el dron 5 días antes. Si la zona es segura, no hay problema. Pero si el vuelo es ilegal, la unidad de drones está ahí patrullando monumentos. Así, pueden solventar casos como el de un dron que dañó la muralla de Ávila volando de forma ilega. La turista pagará la sanción, los desperfectos al monumento y el rescate de los bomberos.
¿Necesito licencia para volar un dron por diversión?
Volar un dron en España exige cumplir con una normativa clara, concreta y bastante estricta. Lo contrario puede derivar en multas de hasta 225.000 euros. La normativa vigente distingue entre uso recreativo (ocio) y profesional. Para volar un dron por ocio no se necesita licencia ni titulación, pero sí hay una serie de obligaciones mínimas, como el registro como operador, haber superado una formación básica online y contratar un seguro de responsabilidad civil si el dron tiene cámara o pesa más de 250 gramos.
La categoría más común para los usuarios recreativos es la categoría abierta, que permite volar drones sin autorización previa siempre que cumplan ciertas condiciones. AESA, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, ofrece una formación gratuita online A1/A3, que es obligatoria y puede completarse en unas pocas horas.
Así, desde 2021, todos los drones con cámara, o que pesen más de 250 gramos, deben registrarse, independientemente del uso. Así lo exige el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, incorporado a la legislación española a través del Real Decreto 517/2024.
El registro se realiza en línea a través del portal de AESA y no es lo mismo que “dar de alta” el dron: lo que se registra es el operador, es decir, la persona que se responsabiliza legalmente del uso del dron.
Limitaciones generales para el vuelo con un dron
Alcance visual: El dron debe permanecer siempre al alcance visual del piloto (VLOS), excepto en operaciones autorizadas en categoría específica.
Altura máxima: Nunca sobrepasar los 120 m de altura en vuelo sobre el punto de la superficie terrestre que se encuentre directamente debajo del dron.
Zonas de vuelo y aeropuertos: El RD 517/2024 establece un sistema detallado de zonas geográficas de UAS con distancias y alturas variables alrededor de aeropuertos, aeródromos y helipuertos. Es obligatorio consultar el mapa de ENAIRE Drones antes de cada vuelo.
Seguro de Responsabilidad Civil: El seguro ya no es obligatorio para todos. El RD 517/2024 establece las siguientes reglas:
No es obligatorio para operaciones en subcategoría A1 y en subcategoría A3 con drones de menos de 20 kg.
Sí es obligatorio para operaciones en subcategoría A2 y en todas las operaciones de categoría Específica y Certificada.
Identificación del dron
Registro de Operador en AESA: Debes registrarte como operador en la web de AESA para obtener tu número de operador. Este número debe estar marcado de forma visible en el dron (no es necesario que la placa sea ignífuga).
Registro de Aeronave en el Ministerio del Interior: El RD 517/2024 añade la obligación de registrar la propia aeronave en un registro específico del Ministerio del Interior.
Protección de Datos: Debes proteger el derecho a la intimidad y al honor de las personas, cumpliendo la Ley de Protección de Datos si grabas imágenes. El simple hecho de subir imágenes captadas por dron a YouTube o redes sociales puede considerarse uso profesional si se monetiza o promociona una marca. En esos casos, las exigencias cambian: se requiere autorización previa, formación específica y, en ocasiones, incluso informes aeronáuticos.
Qué debo saber para volar como un dron
Requisitos mínimos para volar un dron:
Desde el 31 de diciembre de 2020 es de aplicación la normativa europea de UAS (drones). Esta norma afecta a todos los drones independientemente de su tamaño, peso o uso. En este apartado se recopilan las obligaciones mínimas a cumplir antes de volar cualquier dron:
Registro como operador: Todos los usuarios que pretendan volar un dron* deberán registrarse como operadores en la sede electrónica de AESA y obtener el número de operador según la normativa europea (apartado de registro de operador de UAS) . Una vez obtenido el número de operador este debe incluirse en el dron de forma visible.
Formarse como piloto: Para volar un dron debes tener un mínimo de formación acreditable en función de la categoría operacional en la que se opere. La formación y examen de conocimientos para poder operar un dron en categoría abierta, subcategorías A1 y A3, es accesible a través de la web de AESA (apartado de formación de pilotos UAS). La formación es telemática y gratuita y tras la superación del examen online AESA le expedirá un certificado.
Disponibilidad de seguro de responsabilidad civil: se debe tener contratada una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución de cada vuelo que se realice. Más información en materia de seguros en el apartado de Normativa de UAS/drones.
Reglas de vuelo: El vuelo de drones está sujeto a reglas generales de operación condicionadas, entre otros, por el peso del dron, la presencia de otras personas y la cercanía a edificios. Puedes consultar las distintas categorías operacionales en el apartado “operaciones UAS/drones”.
Lugar del vuelo: Además de las reglas generales de operación de drones, existen limitaciones al vuelo de drones en ciertos lugares motivadas por diferentes razones: cercanía de aeródromos, zonas militares, protección de infraestructuras críticas, protección medioambiental, ciudades, aglomeraciones urbanas ni sobre multitudes, ni tampoco en zonas cercanas a aeropuertos o espacios naturales protegidos sin autorización expresa.
Consulta el apartado “Zonas geográficas de UAS” para conocer los requisitos de vuelo en las distintas zonas de España.
Sistema de identificación a distancia directa ("DRI"): aquellos operadores que deseen volar con UAS/drones en categoría abierta (A1, A2 y A3) que dispongan de marcado de clase (C1, C2 y C3) así como aquellos que deseen operar bajo escenario estándar europeo o bajo autorización, deberán estar equipados con un sistema de identificación a distancia directa ("DRI"). En relación con este requisito, los UAS/drones deberán disponer de un número de serie único según la norma ANSI/CTA-2063-A-2019. Consulta el apartado "Diseño y producción de UAS/drones" para más información.
Edad mínima de los pilotos: La edad mínima de los pilotos a distancia será de dieciséis años, aplicándose excepciones en la categoría abierta, donde se podrá reducir la edad mínima dependiendo de la clase de UAS con el que se desee operar. Los menores pueden pilotar drones en determinadas condiciones si el dron tiene menos de 250 g y está homologado como categoría C0.
Consulta el aparado “Operaciones con UAS/Drones - Categoría abierta” para más información.
¿En qué categoría operacional debo volar?: Responde a este cuestionario para saber en qué categoría debes operar.