Premios lotería de Navidad

Lotería de Navidad 2025: ¿Qué me puede pasar si no reparto el premio de un décimo compartido?

Décimos de Lotería
Décimos de Lotería. Telecinco.es
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La imagen es tan clásica como peligrosa: un décimo que se compra “entre todos”, una foto por WhatsApp, un “ya lo cobro yo y luego os hago Bizum”. Si ese número acaba premiado y la persona que tiene el boleto decide no repartir, lo que era una anécdota navideña se puede transformar en un problema muy serio, ya que hablamos de un delito de apropiación indebida, que supondrían antecedentes penales y la obligación de devolver hasta el último euro.

Cuando el “ya os pago luego” se convierte en delito

Un décimo de la Lotería de Navidad es un título al portador. En principio, cobra quien lo tiene físicamente en la mano. Por eso las organizaciones de consumidores insisten en que, si se comparte, hay que dejar rastro escrito con foto del décimo, nombres, importes y aceptación de todos los participantes, ya sea a través de un documento firmado, bien por correo o bien por WhatsApp.

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Si, pese a esa prueba, la persona que guarda el décimo cobra el premio y se queda con todo, se trataría de un delito de apropiación indebida. El Código Penal lo encuadra en el artículo 253. De esta forma, comete apropiación indebida quien, en perjuicio de otro, se apropia de dinero o efectos que ha recibido legítimamente (por confianza, depósito, mandato…) y decide quedárselos..

Qué penas te pueden caer si no repartes un décimo compartido

La gravedad depende de la cuantía del premio. Si lo apropiado no supera los 400 euros, la apropiación indebida se castiga como delito leve, con multa de 1 a 3 meses. En cambio, si la cantidad supera los 400 euros, la pena pasa a ser prisión de 6 meses a 3 años y multa, en función de la cuantía y de las circunstancias del caso. Además, cuando el premio es muy elevado o concurren agravantes (por ejemplo, abuso de relaciones personales o especial confianza), la pena puede elevarse hasta los 6 años de prisión, con multas de 6 a 12 meses.

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Además de la pena penal, la persona que se queda el premio debe devolver las cantidades apropiadas, indemnizar los daños y abonar intereses. Es decir, no solo te enfrentas a la posible cárcel o multa, sino que también acabarás pagando lo que no repartiste… con recargo.

La importancia de la prueba: por qué el WhatsApp puede salvar (o hundir) tu caso

En la práctica, todo gira en torno a si puedes demostrar que el décimo era compartido. De ahí la insistencia casi obsesiva de las asociaciones de consumidores. Por eso la OCU recomienda enviar una foto del décimo a todos los participantes, indicando nombre, DNI y cantidad jugada por cada uno, abonada antes del sorteo. Esa imagen, acompañada de un mensaje claro sobre el reparto, puede usarse como prueba en un procedimiento, siempre que quede identificado quién participa y con qué importe.

Si no hay nada por escrito, ni foto, ni acuerdo, ni Bizum que acredite el pago, demostrar la co-propiedad del décimo será mucho más difícil, aunque no imposible. Pero si sí existe esa huella digital, el paso siguiente, cuando alguien se queda el premio, suele ser la denuncia penal por apropiación indebida, con todo lo que implica: investigación, juicio y posible condena.

En resumen: si decides no repartir un décimo de Lotería de Navidad que compraste a medias, no estás “aprovechando un golpe de suerte”: estás asumiendo el riesgo real de acabar con antecedentes penales, una condena por apropiación indebida y la obligación de devolver íntegro el premio. Compartir la ilusión está bien; dejar rastro de ese pacto, mejor; y respetarlo cuando cae el Gordo, sencillamente, es la única opción que no te pone frente a un juez.